Regl. 481, art. X
Reglamento de Seguros, promulgado de acuerdo con el Art. 2.040 del Código de Seguros de PR, Ley Núm. 77 de 19 jun de 1957 de la Reglas I al XXXII.
Cite as Reglamento Núm. 481, Art. X
Agentes Generales, Gerentes y Agentes
Autorizados a Refrendar Pólizas
Autoridad de Ley: ArtÃculos 150, 2,160 y 3.300