Regl. 481, art. XXII-1

Toda solicitud de permiso para presentar una desviación será

Last amended: 1957Length: 104 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 481, Art. XXII-1

acompañada por información sobre: (a) La prima devengada y pérdidas incurridas por el solicitante en Puerto Rico por negocios directos, asumiendo que los seguros fueron suscritos a los tipos que rigen cuando se hace la solicitud. (b) La prima devengada y pérdidas incurridas por el solicitante en todos los estados por negocios directos. (c) Los gastos incurridos específicamente asignables a Puerto Rico. (d) El total de gastos incurridos especificamente asignables a cada estado; no se requiere el desglose por estado. (e) El total de gastos incurridos que no son específicamente asignables a cada estado. (f) Cualquier otra información en que se base la solicitud.
Regl. 481, art. XXII-1: Toda solicitud de permiso para presentar una desviación será | Justis AI