Regl. 481, art. XXIV-1
La presentación al Comisionado de formularios de pólizas,
Cite as Reglamento Núm. 481, Art. XXIV-1
formularios de solicitud, aditamentos impresos y formularios de endosos
19
hecha por organismos tarifadores cuyas constituciones, artículos de incorporación, reglas o reglamentos les otorguen control sobre tales formularios y aditamentos a ser usados por sus miembros y suscritores se considerará como la presentación por parte de tales miembros y suscritores,
(a) Cualquier desviación de tal presentación por un miembro o
suscritor deberá presentarse al Comisionado directamente por el miembro
o suscritor que se desvía.
(b) Para un asegurador que sea admitido como un nuevo miembro
o suscritor de un organismo tarifador se presumirá que está utilizando los
formularios de tal organismo a partir de la fecha en que se haga efectiva
su condición de miembro o suscritor.
(c) Un asegurador que cese en su condición de miembro o suscritor de un organismo tarifador deberá inmediatamente satisfacer los requisitos de presentación de formularios que exige el artículo 11.110 del
Código de Seguros.