Regl. 481, art. XXXI-1
La cuantÃa de la fianza que deberán presentar los corredores
Cite as Reglamento Núm. 481, Art. XXXI-1
al Comisionado de acuerdo con las disposiciones del ArtÃculo
9. ,200, se determinará conforme a la escala que se expone a
continuación. El volumen de negocios se determinará a base
del informe que se radique para el año inmediatamente anterior a la fecha de renovación de la licencia. En el caso de
licencias nuevas se utilizará la cuantÃa mÃnima que dispone
la Ley.
ESCALA
VOLUMEN DE PRIMA
CUANTIA
Por primas de
hasta
$
5,000
$ 2,000
"
"
5,001
10,000
3,000
11
11
10,001
15,000
4,000
1'
11
15,001
20,000
5,000
11
11
20,001
25,000
6,000
11
11
25,001
30,000
7,000
11
30,001
11
35,000
8,000
1:
11
35,001
40,000
9,000
11
40,001
en adelante
10,000