Regl. 4822, art. II

ELEGIBILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 4822, Art. II

Será elegible a recibir el incentivo, cualquier ganadero, según dicho término aquí se define, que esté participando o -4- ingrese para participar en el Programa Educativo para el Mejoramiento de Hatos Lecheros de Puerto Rico (DHIA).
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