Regl. 4822, art. VI dup2

PROCEDIMIENTO ADJUDICATIVO

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Cite as Reglamento Núm. 4822, Art. VI dup2

El solicitante o participante perjudicado por la determinación de la Administración, podrá presentar una querella, solicitud o petición en las Oficinas Regionales O en la Oficina Central de la Administración quienes seguirán los procedimientos dispuestos en el Reglamento para Establecer -6- Procedimiento Uniforme para la Adjudicación de Controversias Administrativas de la Administración de Fomento Agrícola.
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