Regl. 4826, art. XII
AUTORIDAD LEGAL Y VIGENCIA
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ADMINISTRACION DE FOMENTO AGRICOLA
4826
Santurce, Puerto Rico
NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE FACILIDADES PARA GANADO
DE LECHE Y PARA DEROGAR LAS NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA
DE FACILIDADES PARA GANADO DE LECHE, APROBADAS EL 26 DE JUNIO
DE 1984, NUMERO 3123
INTRODUCCION:
La producción de leche constituye al dÃa de hoy la
principal empresa agrÃcola de Puerto Rico. Durante el año
fiscal 1990-91 el valor de la producción agropecuaria ascendió
a 745.5 millones de dólares, de las cuales 201.8 millones
correspondieron a la producción de leche. Esto constituye un
27 por ciento del total. Sumado a ésto, la Industria Lechera
en su fase agrÃcola provee una gran cantidad de carne de res,
muy importante para la dieta del consumidor puertorriqueño.
La Industria Lechera, además de ser la fuente de
producción de dos alimentos básicos, la carne y la leche,
constituye una importante fuente de empleo. Se estima que
genera más de 10,000 empleos directos e indirectos en la
fabricación y venta de productos que en alguna forma se
relacionan con ésta industria.
Por su importancia, tanto en la salud como en la economÃa
de nuestro pueblo, es necesario realizar todos los esfuerzos a
nuestro alcance. Para asegurar un desarrollo contÃnuo,
eficiente y ordenado de esta industria.
Basado en los preceptos indicados, la Administración de
Fomento AgrÃcola (A.F.A.), agencia adscrita al Departamento de
Agricultura creada por la Ley Núm. 28 del 5 de junio de 1985,
según enmendada, bajo los poderes que dicha legislación le
confiere, ha venido ofreciendo incentivos a los ganaderos de
leche para la construcción, ampliación, mejoramiento e
instalación de facilidades que contribuyan a mejorar la
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eficiencia y calidad en la producción de leche en sus
vaquerÃas.
Al promulgar las presentes Normas para Regir el Programa
de Facilidades para Ganado de Leche, se pretende actualizar las
mismas a las circunstancias presentes y a la vez cumplir con
las disposiciones de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988,
según enmendada.