Regl. 4833, art. 524-23.01
Propósito El Plan Territorial del Municipio de Ponce establece esta
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Cite as Reglamento Núm. 4833, Art. 524-23.01
clasificación con los siguientes objetivos: Prevenir la invasión indiscriminada
de estructuras en la zona rural, en el campo, la montaña y la costa; evitar la
degradación del paisaje y el patrimonio natural; delimitar el suelo rústico que
debe ser especialmente protegido para garantizar la salud, seguridad, bienestar
y disfrute de la población debido a sus características especiales; potenciar los
recursos escénicos y recreativos de carácter rústico y garantizar reservas de
terreno para el crecimiento consolidado y articulado de la ciudad en
necesidades futuras no previstas más allá de las expectativas de ocho años del
Plan Territorial.
23.02
Tipos de Suelo Rústico El suelo rústico se divide en tres distritos principales:
SRC
Suelo Rústico Común
SR-A
Suelo Rústico de Alto Potencial Agrícola
SR-N
Suelo Rústico de Valor Natural
118
finale Libre de Pyerts Rise
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTI
Reglamento de Ordenación
Municipio de Ponce
Capítulo
24.00
DISTRITO DE ORDENACION DE SUELO RUSTICO COMUN (SRC)
24.01
Propósito del Distrito de Ordenación SRC El propósito de este distrito es
proteger y mantener el carácter rural de los terrenos localizados fuera del área
urbana y de proteger terrenos ambientalmente sensitivos de desarrollos
incompatibles. El desarrollo se limitará a uso residencial de muy baja densidad
y a otros usos que sean compatibles con el carácter visual del paisaje rural y que
puedan ser servidos por el sistema rural de infraestructura.