Regl. 4833, art. 524-52.02

Abertura en las Fachada Principal No se permitirán fachadas ciegas o

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Cite as Reglamento Núm. 4833, Art. 524-52.02

parcialmente ciegas en fachadas principales, excepto en cines y teatros. Todas las porciones de superficie de fachada principal correspondiente a cada planta tendrán un área de abertura mayor que el veinticinco por ciento (25%) de su superficie. 52.03 Instalaciones en la Fachada Principal Ninguna instalación de refrigeración, acondicionamiento de aire, evacuación de humo, o extractores, podrá sobresalir del plano de fachada principal ni perjudicar la estética de la misma. No se permitirán tuberías de infraestructura (tales como electricidad, agua, sanitario, cable tv, pluviales) expuestas en la fachada principal. 52.04 Fragmentación de la Fachada Principal en Agrupaciones En casos de actuación unitaria sobre un solar producto de una agrupación de parcelas para un edificio que no tenga uso 0 significado cívico (teatro, iglesia, museo), se limitara el largo de una fachada uniforme a una vez y media el ancho promedio de las parcelas típicas, no agregadas, de la zona donde se localiza el proyecto. 192 Evide Use Assoledo de - New DEL GOBERNADOR justs BI MANIFICACIÓN Reglamento de Ordenación Municipio de Ponce CAPITULO
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