Regl. 1905, art. 3
Mecanismos a utilizarse para determinar la existencia
Length: 318 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 1905, Art. 3
de las circunstancias incluidas en el ArtÃculo 2, y
para determinar la viabilidad de los traslados
Toda determinación del Gobernador respecto a traslados de personal de
una agencia a otra se fundamentará en las recomendaciones que conjuntamente
le hagan el Negociado del Presupuesto y la Oficina de Personal.
La existencia de las circunstancias en que procede el traslado de personal
entre agencias será determinada por el Negociado del Presupuesto a través del
proceso normal de análisis presupuestario y de los estudios evaluativos sobre
los programas gubernamentales; y por la Oficina de Personal, a través del análisis de la clasificación de los puestos en las agencias.
Una vez que cualquiera de estas dos agencias determine la existencia de
estas circunstancias, lo notificará por escrito a la Oficina del Gobernador a
través del Ayudante Especial a cargo de la agencia afectada.
La Oficina de Personal, por encomienda expresa del Gobernador, realizará los estudios correspondientes para asegurar que al personal que vaya a ser
trasladado se le garantice la preservación de los derechos y beneficios adquiridos. Dichos estudios abarcarán las áreas de clasificación y retribución con
atención especial a los siguientes aspectos:
a- naturaleza de las funciones;
b- conocimientos, habilidades especiales, destrezas y experiencia que se requieran para el desempeño de las funciones;
c- normas de reclutamiento en vigor para las clases de puestos;
d- retribución que esté percibiendo el funcionario o empleado
a ser trasladado;
4
e- retribución que el funcionario 0 empleado hubiese tenido derecho
a recibir a la fecha de efectividad del traslado, de haber permanecido en el puesto anterior; y
f- otros beneficios marginales 0 incentivos especiales que esté
disfrutando el funcionario 0 empleado a ser trasladado.
Los referidos estudios cubrirán, además, cualquier otro aspecto que a
juicio de la Oficina de Personal sean relevantes a los efectos de evitar que la
acción de los traslados resulte perjudicial u onerosa al funcionamiento del empleado a ser trasladado.