Regl. 1905, art. 5
Recomendaciones al Gobernador
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Cite as Reglamento Núm. 1905, Art. 5
Luego de realizados los referidos estudios, la Oficina de Personal y el
Negociado del Presupuesto conjuntamente, determinarán el personal que puede ser
trasladado y la correspondiente transferencia de fondos que conlleva la acción de
traslado. A la luz de esas determinaciones someterán, también conjuntamente,
las correspondientes recomendaciones al Gobernador.