Regl. 4860, art. 1.5-5
SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
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Cite as Reglamento Núm. 4860, Art. 1.5-5
5.1 Solicitudes
Toda solicitud de autorización o concesión deberá ser dirigida
al Secretario; disponiéndose, que no se tramitará ninguna
solicitud radicada incompleta o que no esté firmada por el
peticionario O su representante debidamente autorizado. La
petición se hará utilizando los formularios que para ese propósito
provea el Departamento y de conformidad con las guÃas o
instrucciones que éste expida.
5.2 Contenido de la solicitud
Toda solicitud de una autorización o concesión incluirá, como
mÃnimo, la siguiente información:
A. Nombre y dirección postal y residencial del peticionario.
De tratarse de una persona jurÃdica, se incluirá el nombre y la
dirección postal y residencial del agente residente y de todos y
cada uno de sus directores principales; asà como una certificación
de vigencia corporativa y copia del certificado de incorporación.
Si se tratase de una sociedad, se deberá incluir el nombre y
dirección postal y residencial de todos y cada uno de los socios;
asà como una copia del documento público o privado mediante el cual
se creó tal sociedad. El Secretario podrá requerir la presentación
de estados de ingresos y gastos y/o de situación auditados O de
cualquier otra información necesaria para determinar los ingresos
o condición financiera del solicitante.
B. Cabida del área cuya ocupación se solicita, nombre y
dirección del propietario O de los propietarios de los terrenos
colindantes y tiempo por el cual se solicita la autorización O
concesión. El Secretario podrá requerir, únicamente en casos
excepcionales, y en ausencia de información relevante, un plano de
mensura, certificado por un profesional debidamente autorizado para
ello, del área solicitada. En éste se delimite claramente la zona
marÃtimo-terrestre y las servidumbres de salvamento y vigilancia
litoral, e identificarán los propietarios de los terrenos
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colindantes con dicha zona y la ubicación de cualquier construcción
fija colindante al área solicitada.
C. Una descripción detallada del aprovechamiento que se
pretenda efectuar o continuar afectando, según sea el caso, de
bienes del dominio público marÃtimo-terrestre. Dicha descripción
deberá incluir:
(1) Una relación detallada de las obras necesarias para
llevar a cabo la construcción y su subsecuente aprovechamiento;
incluyendo la localización exacta de la maquinaria a utilizarse y
las construcciones accesorias, tales como, pero sin limitarse a:
instalación de tuberÃas, muelles, obras protectoras, caminos,
accesos, tomas de agua y de energÃa eléctrica, pozos, desagües y
depósitos de desperdicios.
(2) Un juego o conjunto de planos, documentos y
fotografÃas que contenga la información requerida en el ArtÃculo 3,