Regl. 4860, art. 1.5-5

SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES Y CONCESIONES

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Cite as Reglamento Núm. 4860, Art. 1.5-5

5.1 Solicitudes Toda solicitud de autorización o concesión deberá ser dirigida al Secretario; disponiéndose, que no se tramitará ninguna solicitud radicada incompleta o que no esté firmada por el peticionario O su representante debidamente autorizado. La petición se hará utilizando los formularios que para ese propósito provea el Departamento y de conformidad con las guías o instrucciones que éste expida. 5.2 Contenido de la solicitud Toda solicitud de una autorización o concesión incluirá, como mínimo, la siguiente información: A. Nombre y dirección postal y residencial del peticionario. De tratarse de una persona jurídica, se incluirá el nombre y la dirección postal y residencial del agente residente y de todos y cada uno de sus directores principales; así como una certificación de vigencia corporativa y copia del certificado de incorporación. Si se tratase de una sociedad, se deberá incluir el nombre y dirección postal y residencial de todos y cada uno de los socios; así como una copia del documento público o privado mediante el cual se creó tal sociedad. El Secretario podrá requerir la presentación de estados de ingresos y gastos y/o de situación auditados O de cualquier otra información necesaria para determinar los ingresos o condición financiera del solicitante. B. Cabida del área cuya ocupación se solicita, nombre y dirección del propietario O de los propietarios de los terrenos colindantes y tiempo por el cual se solicita la autorización O concesión. El Secretario podrá requerir, únicamente en casos excepcionales, y en ausencia de información relevante, un plano de mensura, certificado por un profesional debidamente autorizado para ello, del área solicitada. En éste se delimite claramente la zona marítimo-terrestre y las servidumbres de salvamento y vigilancia litoral, e identificarán los propietarios de los terrenos 32 colindantes con dicha zona y la ubicación de cualquier construcción fija colindante al área solicitada. C. Una descripción detallada del aprovechamiento que se pretenda efectuar o continuar afectando, según sea el caso, de bienes del dominio público marítimo-terrestre. Dicha descripción deberá incluir: (1) Una relación detallada de las obras necesarias para llevar a cabo la construcción y su subsecuente aprovechamiento; incluyendo la localización exacta de la maquinaria a utilizarse y las construcciones accesorias, tales como, pero sin limitarse a: instalación de tuberías, muelles, obras protectoras, caminos, accesos, tomas de agua y de energía eléctrica, pozos, desagües y depósitos de desperdicios. (2) Un juego o conjunto de planos, documentos y fotografías que contenga la información requerida en el Artículo 3,
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