Regl. 1905, art. 8

Preservación de los derechos, privilegios, beneficios

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Cite as Reglamento Núm. 1905, Art. 8

u obligaciones de los funcionarios 0 empleados Se garantiza a cualquier funcionario 0 empleado que sea trasladado, la preservación de todos los derechos, privilegios, beneficios y obligaciones adquiridos conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 345 de 12 de mayo de 1947, según enmendada, conocida como Ley de Personal, y de cualesquiera otras leyes y reglamentos aplicables. Cualquier funcionario 0 empleado trasladado que estime que en alguna forma sus derechos han sido afectados, podrá utilizar los mecanismos administrativos y/o judiciales existentes, para que se investigue y resuelva en apelación su caso.
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