Regl. 1905, art. 8
Preservación de los derechos, privilegios, beneficios
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Cite as Reglamento Núm. 1905, Art. 8
u obligaciones de los funcionarios 0 empleados
Se garantiza a cualquier funcionario 0 empleado que sea trasladado, la
preservación de todos los derechos, privilegios, beneficios y obligaciones adquiridos conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 345 de 12 de mayo de 1947,
según enmendada, conocida como Ley de Personal, y de cualesquiera otras leyes
y reglamentos aplicables.
Cualquier funcionario 0 empleado trasladado que estime que en alguna
forma sus derechos han sido afectados, podrá utilizar los mecanismos administrativos y/o judiciales existentes, para que se investigue y resuelva en apelación
su caso.