Regl. 4868, art. III-3.3.1
Deberes del Presidente
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Cite as Reglamento Núm. 4868, Art. III-3.3.1
El presidente convoca y preside las reuniones
de la Junta y las vistas públicas. Es miembro
ex-ofÃcio de los Comités; firma las actas,
convocatorias a exámenes, O a vistas públicas, las
licencias u otros documentos y rinde el informe anual
al Gobernador.