Regl. 4868, art. V-5.1 dup4
Requisitos
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Cite as Reglamento Núm. 4868, Art. V-5.1 dup4
Todo solicitante proveniente de un país extranjero
y que interese practicar la nutrición y dietética en
Puerto Rico deberá:
1. Llenar los requisitos establecidos en la Ley
Núm. 82 del 31 de mayo de 1972, según enmendada
y en este Reglamento para obtener la licencia
que autoriza a ejercer la nutrición y dietética
en Puerto Rico.
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2. Presentar cualquier otro expediente o
documento que la Junta estime necesario
para que se acredite fehacientemente la
preparación del candidato.
3. Tomar el examen de reválida que ofrece la Junta.
PARTE V ACCIONES CON RELACION A LICENCIAS