Regl. 4868, art. V-5.6

Manual sobre Exámenes de Reválida

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Cite as Reglamento Núm. 4868, Art. V-5.6

La Junta preparará y publicará un Manual con toda la información relativa al examen de reválida con el propósito de que el aspirante reciba orientación que lo familiarice con el procedimiento de reválida, las normas que rigen la administración del examen, el tipo de examen -11- y el método de evaluación del mismo, así como la reglamentación de la Junta relativa a exámenes de reválida. Copia del Manual deberá estar a la disposición el aspirante y entregarse previa presentación de un cheque certificado por el banco o giro postal o bancario por la cantidad de diez ($10.00) a nombre del Secretario de Hacienda de Puerto Rico. Los fondos recaudados se depositarán en el Fondo de Salud para uso exclusivo de la Junta Examinadora de Nutricionistas y Dietistas de Puerto Rico. La Junta podrá revisar el costo de este Manual de reválida de tiempo en tiempo, tomando como base los gastos de preparación y publicación del Manual, pero la cantidad a cobrarse no podrá exceder del costo real que tales gastos representen.
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