Regl. 4875, art. 7-XI

Prevención de Rotulación Engañosa

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Cite as Reglamento Núm. 4875, Art. 7-XI

A. Todo envase y envoltura usado para el empaque de carne de aves que se importe y/o mercadee en Puerto Rico deberá estar rotulado en letras claramente legibles indicando, entre otras cosas, lo siguiente: 1. Clase de ave, el nombre de las presas o de los menudos. En el caso de las presas y de los menudos el nombre de éstas deberá estar acompañado de la clase de ave; Disponiéndose, que el Secretario podrá permitir el uso de cotejo (check off) de la clase 0 parte del ave que contenga el envase para venta directa del consumidor. -9- 2. Peso neto del contenido del envase. La información sobre peso neto deberá llenar los requisitos de la Ley de Pesas y Medidas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (Ley Núm. 145 del 27 de junio de 1968), que pone en vigor la División de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos al Consumidor. Disponiéndose, que el importador sería responsable únicamente de la rotulación sobre peso neto en el envase de embarque. La referida ley de Pesas y Medidas aplicará únicamente en lo que a esta disposición se refiere al peso de los envases para venta directa al consumidor. 3. El término "manténgase refrigerado", si el producto es fresco, o el término "manténgase congelado", si el producto es congelado. 4. Nombre y dirección del empacador 0 del distribuidor y el nombre y dirección del importador, en los envases para venta directa al consumidor. Si se optare por usar el nombre y dirección del importador o del distribuidor, dicha información deberá estar precedida del término, "Importador" 0 "Distribuido por" o "Distribuidor", 0 "Empacado para", según sea el caso. 5. Número del certificado oficial expedido para el lote, en los envases de embarque, en el caso de carne de aves importada. B. La información requerida por el inciso A de este Artículo deberá estar claramente legible de forma que no se pueda borrar 0 desprender fácilmente. Disponiéndose, sin embargo, que en el caso de envases 0 envolturas para venta directa al consumidor la rotulación del nombre de las presas o de 10 los menudos y el número del establecimiento oficial donde fue inspeccionado el producto podrá aparecer impreso en cintas de papel engomado (pressure sensitive tapes, stickers), adheridas firmemente o insertadas firmemente, de forma visible que no se pueda remover fácilmente, del envase o envoltura. En el caso de envolturas transparentes en envases para venta directa al consumidor dicha rotulación podrá aparecer en un marbete o etiqueta insertada (insert label) colocada debajo de la envoltura transparente en la parte superior del envase que exhibe para la venta, en forma tal que esté claramente visible al consumidor y legible, y que permanezca inalterada durante el mercadeo de carne de aves, 0 en una etiqueta 0 marbete adherido firmemente a la envoltura. C. En todo envase para venta directa al consumidor conteniendo carne de aves que se importe a Puerto Rico deberá aparecer el sello indicativo de que el producto fue inspeccionado para fines de salubridad (Wholesomeneses). Se indicará en el sello de inspección o en la parte exterior del envase o envoltura, el número del establecimiento oficial donde fue inspeccionado el producto. En el caso de envolturas transparentes en envases para venta directa al consumidor, dicho número podrá aparecer impreso en un marbete o etiqueta insertada (insert label) colocada debajo de la envoltura transparente, en forma tal que esté claramente visible y legible. El número del establecimiento oficial podrá aparecer también en un anillo de metal o plástico en el cierre del envase, en el caso que se usen -11- bolsas, pero que esté claramente legible y que así se indique en el sello de inspección. D. Toda carne de aves que se venda u ofrezca en venta en Puerto Rico deberá ajustarse a la descripción que se indique en la rotulación 0 anuncio bajo el cual dicho producto se venda y ofrezca en venta. E. Este artículo no aplicará a la carne de pavo, gallinas codornices, patos, gansos 0 faisanes, aunque estas carnes siguen reguladas por el "Poultry Products Inspection Act".
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