Regl. 4891, art. 3-3.03
Método de Cobro-
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Cite as Reglamento Núm. 4891, Art. 3-3.03
Se cobrarán los derechos correspondientes en efectivo,
cheque certificado, giro bancario o postal. Tanto los giros
como los cheques certificados se prepararán por la cantidad
exacta a nombre de la Autoridad de Desperdicios Sólidos. Los
mismos serán recibidos para cobro y depósito por la persona
designada a recibir tales pagos. Cuando la transacción se haga
por correo, se estipularán cargos por franqueo que serán
añadidos al costo facturado.