Regl. 4903, art. XI dup2

Uso de las Facilidades

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Cite as Reglamento Núm. 4903, Art. XI dup2

A. Toda persona 0 entidad particular interesada en utilizar 0 reservar las facilidades para la celebración de actividades DE ERS PUERTO TO Certificación número 93-109 AINR RICO Página 15 1908 no auspiciadas 0 coauspiciadas por el Jardín Botánico deberá cumplir con las disposiciones que se indican a continuación: 1. Presentar un recibo 0 permiso del Director cuando le sea requerido por un oficial de seguridad autorizado del Jardín Botánico. 2. Cumplir con las disposiciones de este Reglamento y del contrato, además, con las normas de estacionamiento, velocidad y tránsito de vehículos en el área adscrita al Jardín Botánico. 3. Guardar el debido respeto a los oficiales de seguridad encargados de la vigilancia del Jardín Botánico. 4. Mantener disciplina y buen comportamiento en los terrenos del Jardín Botánico durante el período de la actividad autorizada. 5. Dejar el sitio limpio y ordenado de la misma forma que le fue entregado para la celebración de la actividad. 6. Se prohíbe el uso de bebidas alcohólicas en los predios del Jardín Botánico en toda actividad autorizada. 7. Utilizar las facilidades del Jardín Botánico específicamente para el área previamente designada y autorizada a llevar a cabo la actividad. 8. Hará una aportación por el uso de las mismas, ya sea ésta en dinero 0 servicios 0 su equivalente. Esta aportación será fijada por el Presidente de la Universidad a iniciativa propia 0 por recomendación del DE VERSID PUERT Certificación número 93-109 RICO Página 16 INA 1908 Director del Jardín Botánico. Si se autoriza el uso de equipo electrónico se hará una aportación adicional para cubrir el costo de energía eléctrica. Cuando dicha aportación sea en dinero, ésta ingresará al Fondo Especial de Desarrollo del Jardín Botánico según creado por este Reglamento. 9. Asumir la responsabilidad por el costo de reparación por daños causados a los jardínes 0 propiedad pública del Jardin como consecuencia de la actividad autorizada y por los daños corporales que puedan sufrir los auspiciadores y sus invitados. B. Usos Alternos de las Facilidades para Bodas, Cumpleaños y Actividades Análogas 1. Se limitará el uso de la facilidad al área designada previamente indicada. En el caso de las bodas podrá autorizarse el corte de bizcocho, el brindis y la toma de fotografías en los predios del Jardín Botánico. La autorización no incluye la celebración de la recepción en dicha área. 2. Todos los vehículos se estacionarán en el área designada como estacionamiento del Jardín Botánico. Esto incluye motoras y otros medios de transporte. Solamente se concederá autorización para entrar hasta el Paseo de los Bambúes al vehículo donde va la novia, su séquito nupcial y donde se lleva el bizcocho de bodas. DE ERS PUERTO Certificación número 93-109 RICO Página 17 IND I 1908 3. E1 tiempo límite que se autoriza para todo tipo de celebración 0 actividad es de cinco (5) horas. Esto incluye el tiempo para preparar el sitio y la celebración. 4. Se reservará el área deseada 30 días antes de la actividad a celebrarse; quince (15) días antes de la misma debe haberse hecho la aportación correspondiente, de lo contrario quedará cancelada la reservación automáticamente. C. Filmaciones Comerciales y de otra Indole 1. En caso de ser necesario más de una persona en la realización de una filmación, se especificarán los nombres y el número de personas a hacerse así constar en el permiso a ser expedido. 2. En caso de tener que filmar nuevamente por razón de dañarse las tomas 0 películas, se hará una nueva aportación por el uso de las facilidades. 3. No podrán entrar en los terrenos del Jardín Botánico los carros de la firma que trabaje en el comercial, ni los del personal llamados "talento". Solamente se permitirá la entrada del vehículo que lleva el equipo fílmico, pudiendo estacionarse en los caminos de piedra, nunca sobre la grama 0 jardines. F DE PUB UNIVERSI RTO Certificación número 93-109 RICO Página 18 1903 D. Otras Disposiciones 1. Una vez reservadas las facilidades del Jardín Botánico y no utilizarse las mismas, no se devolverá la aportación requerida, salvo causas de la naturaleza 0 fuerza mayor. Se fijará nueva fecha por acuerdo de las partes cuando la actividad se suspenda por causas fuera de control del solicitante. 2. Cualquier violación a las disposiciones de este Artículo contrarias a lo acordado al momento de reservar una facilidad por el usuario, podrá ser causa de revocación del permiso autorizado. 3. E1 Presidente establecerá las medidas y. controles necesarios, y hará cumplir las mismas para la contratación del uso de facilidades físicas del Jardín Botánico para la celebración de actividades particulares no auspiciadas 0 coauspiciadas por la Universidad. Las medidas y controles, según apliquen, se incorporarán en el contrato que se firme con el arrendatario 0 concesionario a los fines de proteger contra riesgos y garantizar la seguridad en la contratación y utilización de dichas facilidades.
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