Regl. 4904, art. 10.0-10.7.3 dup2

Aprobación del Examen Posterior a Apelación

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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 10.0-10.7.3 dup2

Cuando, previa apelación de un candidato cuya solicitud fue denegada, se revoque por autoridad competente la decisión de denegar la solicitud y se ordene la administración del examen y el candidato lo apruebe.
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