Regl. 4904, art. 11.0-11.2 dup2
Certificación de Candidatos
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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 11.0-11.2 dup2
E1 Director de Recursos Humanos de la Unidad 0 su
representante autorizado expedirá una certificación
con los nombres de los primeros cinco (5) elegibles
del registro establecido para la clase de
conformidad con la reglamentación vigente. De no
haber suficientes candidatos para completar los
cinco, la Unidad certificará los nombres de los
disponibles aún cuando sean menos de cinco.