Regl. 4904, art. 11.0-11.2 dup2

Certificación de Candidatos

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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 11.0-11.2 dup2

E1 Director de Recursos Humanos de la Unidad 0 su representante autorizado expedirá una certificación con los nombres de los primeros cinco (5) elegibles del registro establecido para la clase de conformidad con la reglamentación vigente. De no haber suficientes candidatos para completar los cinco, la Unidad certificará los nombres de los disponibles aún cuando sean menos de cinco.
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