Regl. 4904, art. 11.0-11.4
Selección
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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 11.0-11.4
La selección deberá realizarse entre los candidatos
incluidos en la primera 0 segunda certificación.
Una vez servida una segunda certificación y haya un
mínimo de cinco (5) candidatos disponibles para
nombramiento, el funcionario entrevistador
seleccionará a uno de esos cinco (5) candidatos que
estén disponibles para aceptar la oferta de
nombramiento excepto que proceda una tercera
certificación de conformidad con la Sección 11.5.
En casos de certificaciones que incluyan veteranos,
se observará lo dispuesto en el Artículo 12 de estas
Reglas.