Regl. 4904, art. 11.0-11.4

Selección

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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 11.0-11.4

La selección deberá realizarse entre los candidatos incluidos en la primera 0 segunda certificación. Una vez servida una segunda certificación y haya un mínimo de cinco (5) candidatos disponibles para nombramiento, el funcionario entrevistador seleccionará a uno de esos cinco (5) candidatos que estén disponibles para aceptar la oferta de nombramiento excepto que proceda una tercera certificación de conformidad con la Sección 11.5. En casos de certificaciones que incluyan veteranos, se observará lo dispuesto en el Artículo 12 de estas Reglas.
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