Regl. 4904, art. 4.0-4.1 dup2
Iqualdad de Oportunidades
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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 4.0-4.1 dup2
Los empleados de la Universidad de Puerto Rico y los
aspirantes a ingreso al Sistema Universitario serán
tratados en igualdad de condiciones sin que medie
discrimen por razón de raza, sexo, color,
nacimiento, edad, origen 0 condición social, ni por
ideas polÃticas 0 religiosas, impedimento fÃsico 0
mental 0 por condición de veterano 0 Veterano de la
Era de Vietnam. A tal efecto, el Sistema
Universitario garantizará la práctica de estos
principios básicos y será administrado en forma tal
que asegure y proteja el desarrollo de las
potencialidades del empleado y el crecimiento de su
eficiencia en el trabajo.