Regl. 4904, art. 6.0-6.4.1.4 dup2

Conflictos de Interpretación

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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 6.0-6.4.1.4 dup2

En aquellos casos en que se plantea una interpretación distinta a la oficialmente establecida, se someterán a la atención del Director de Recursos Humanos de la Unidad. De permanecer el desacuerdo, se someterán a la atención del Director de la Oficina Central de Recursos Humanos, quien decidirá la interpretación que debe prevalecer. DE ERSID ERSI AMERICA Certificación número 93-110 AIND RICO Página 26 1903
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