Regl. 4904, art. 6.0-6.4.1.4 dup2
Conflictos de Interpretación
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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 6.0-6.4.1.4 dup2
En aquellos casos en que se plantea una
interpretación distinta a la oficialmente
establecida, se someterán a la atención del Director
de Recursos Humanos de la Unidad. De permanecer el
desacuerdo, se someterán a la atención del Director
de la Oficina Central de Recursos Humanos, quien
decidirá la interpretación que debe prevalecer.
DE
ERSID
ERSI
AMERICA
Certificación número 93-110
AIND
RICO
Página 26
1903