Regl. 4904, art. 7.0-7.5 dup2

Distribución de la Convocatoria

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La publicación de la convocatoria a examen se realizará en forma tal que permita una divulgación adecuada de las oportunidades de empleo que se ofrecen. Cuando en las unidades del Sistema Universitario se convoque para cubrir puestos, se referirá copia de las convocatorias a las demás unidades institucionales, unidades de trabajo y a cualquier otro lugar que propicie que el número mayor de candidatos potenciales tenga conocimiento de la misma. Esto es, en la distribución deberán incluirse entre otras, las Oficinas del Servicio de DE ERS PUERTO PUB Certificación número 93-110 AIN A RICG Página 31 1908 Empleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, la Oficina Central de Administración de Personal, la Oficina de Asuntos de la Mujer, la Oficina del Procurador del Impedido, las Oficinas de Rehabilitación Vocacional y la Oficina del Procurador del Veterano de Puerto Rico y el Centro de Consejería para Veteranos del Departamento de Asuntos de Veteranos de Estados Unidos. También se podrá publicar en un periódico de circulación general un resumen breve de la convocatoria. En ambos casos deberá publicarse por lo menos con quince (15) días laborables de antelación a la fecha de cierre de la convocatoria.
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