Regl. 4904, art. 7.0-7.6 dup2

Reapertura y Cierre de Convocatorias

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Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 7.0-7.6 dup2

Tanto la reapertura como el cierre de las convocatorias podrá hacerse parcial 0 totalmente, ya sea por áreas geográficas 0 áreas de servicios. Cuando durante el período de tiempo establecido para aceptar solicitudes no se reciban suficientes solicitudes podrá prorrogarse la fecha límite para el recibo de solicitudes de reclutamiento 0 anunciar la convocatoria de reclutamiento contínuo.
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