Regl. 1, art. IV-2

-Los miembros de la Directiva tendrán los

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Cite as Reglamento Núm. 1, Art. IV-2

siguientes deberes: (a) El Presidente presidirá las sesiones de la Junta y asumirá todas las facultades y deberes generalmente inherentes a su cargo. (b) El Vicepresidente sustituirá al Presidente en casos de ausencia o de renuncia y en tales casos desempeñará todas aquellas funciones encomendadas al Presidente. (c) El Secretario levantará actas de todas las sesiones y asumirá todas las facultades y deberes generalmente inherentes a su cargo; será responsable de los archivos de la Junta; Disponiéndose, que no se permitirá sacar de los mismos ningún documento, sin previa autorización de la Junta; llevará nota de las licencias que se expidan, en dos libros, uno para licencias permanentes y otro para licencias provisionales; llevará en otto libro las notas de ingreso y egresos que autorice la Junta; y será el guardián y custodio de las licencias en blanco y del sello oficial que se describe en el Artícu IX de este Reglamento. (d) El Subsecretario ayudará al Secretario en el desempeño de los deberes de la Secretaría y lo sustituirá en casos de ausencia, 0 de renuncia, mientras se elige el Secretario, y en tales casos desempeñará todas aquellas funciones encomendadas al Secretario.
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