Regl. 1, art. IV-2
-Los miembros de la Directiva tendrán los
Cite as Reglamento Núm. 1, Art. IV-2
siguientes deberes:
(a) El Presidente presidirá las sesiones de la Junta
y asumirá todas las facultades y deberes generalmente
inherentes a su cargo.
(b) El Vicepresidente sustituirá al Presidente en
casos de ausencia o de renuncia y en tales casos desempeñará todas aquellas funciones encomendadas al Presidente.
(c) El Secretario levantará actas de todas las sesiones
y asumirá todas las facultades y deberes generalmente
inherentes a su cargo; será responsable de los archivos
de la Junta; Disponiéndose, que no se permitirá sacar
de los mismos ningún documento, sin previa autorización de la Junta; llevará nota de las licencias que se
expidan, en dos libros, uno para licencias permanentes
y otro para licencias provisionales; llevará en otto
libro las notas de ingreso y egresos que autorice la Junta; y será el guardián y custodio de las licencias en
blanco y del sello oficial que se describe en el ArtÃcu
IX de este Reglamento.
(d) El Subsecretario ayudará al Secretario en el
desempeño de los deberes de la SecretarÃa y lo sustituirá
en casos de ausencia, 0 de renuncia, mientras se elige
el Secretario, y en tales casos desempeñará todas aquellas funciones encomendadas al Secretario.