Regl. 4904, art. 9.0-9.6 dup2

Notificación de las Puntuaciones

Length: 58 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4904, Art. 9.0-9.6 dup2

Todo aspirante será notificado del resultado obtenido en el examen. La notificación incluirá la puntuación obtenida, información respecto al derecho que le asiste al aspirante a revisar los resultados obtenidos. Se indicará, salvo en el caso de registros establecidos por reclutamientos contínuos, el turno que ocupa en el registro de elegibles resultante al momento de establecerse el mismo.
Regl. 4904, art. 9.0-9.6 dup2: Notificación de las Puntuaciones | Justis AI