Regl. 4921, art. VII-7.5
Notificación
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Cite as Reglamento Núm. 4921, Art. VII-7.5
La notificación de la vista incluirá: la fecha, lugar, hora y naturaleza de la vista, apercibimiento de que puede comparecer asistido de
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abogado, con su prueba testifical y documental; una declaración de la autoridad legal y jurisdicción bajo la cual habrá de celebrarse la vista;
referencia específica de las disposiciones legales O reglamentación alegadamente infringidas y los hechos constitutivos de tal infracción;
apercibimiento de las medidas que la Junta podría tomar si no comparece
a la vista y cualquier otra advertencia que la Junta desee formular.