Regl. 4921, art. V-5.3

Derechos a Pagarse

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Cite as Reglamento Núm. 4921, Art. V-5.3

a. Se pagarán, mediante giro postal, bancario o cheque certificado a nombre del Secretario de Hacienda, los derechos que a continuación se indican por los conceptos siguientes: (1) Examen de Reválida y Licencia $ 50.00 (2) Licencia por Reciprocidad 100.00 (3) Re-examen 50.00 (4) Duplicado de Licencia 15.00 (5) Recertificación 50.00 b. Los fondos que se generen por concepto de los derechos establecidos en esta sección ingresarán al Fondo de Salud y serán destinados por el Secretario para el uso exclusivo de la Junta. Los fondos se totalizarán y se informará a la Junta no menos de dos (2) veces en el año fiscal. -10- La Junta podrá preparar un proyecto de presupuesto de funcionamiento de acuerdo con sus necesidades e ingresos y someterlo al Secretario de Salud para su aprobación.
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