Regl. 4921, art. V-5.3
Derechos a Pagarse
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Cite as Reglamento Núm. 4921, Art. V-5.3
a. Se pagarán, mediante giro postal, bancario o cheque certificado a nombre
del Secretario de Hacienda, los derechos que a continuación se indican
por los conceptos siguientes:
(1) Examen de Reválida y Licencia
$ 50.00
(2) Licencia por Reciprocidad
100.00
(3) Re-examen
50.00
(4) Duplicado de Licencia
15.00
(5) Recertificación
50.00
b. Los fondos que se generen por concepto de los derechos establecidos en
esta sección ingresarán al Fondo de Salud y serán destinados por el
Secretario para el uso exclusivo de la Junta. Los fondos se totalizarán
y se informará a la Junta no menos de dos (2) veces en el año fiscal.
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La Junta podrá preparar un proyecto de presupuesto de funcionamiento
de acuerdo con sus necesidades e ingresos y someterlo al Secretario de
Salud para su aprobación.