Regl. 4928, art. 10

Certificación Núm. 93-139 Reglamento sobre el Acceso a Documentos Oficiales de la UPR.

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Cite as Reglamento Núm. 4928, Art. 10

Solicitudes de acceso en general a. Toda persona interesada en obtener acceso a algún documento 0 parte del mismo, deberá solicitarlo al funcionario autorizado que lo tenga bajo su custodia 0 control en la unidad institucional 0 subdivisión del Sistema Universitario de la que se trate; 0 al funcionario designado mediante algún reglamento de aplicación local vigente en la unidad institucional 0 subdivisión en cuestión. D DE SEAL E Certificación Número 93-139 RICO Página 6 1908 b. Si se trata de una solicitud de fácil satisfacción, que no quede cubierta por alguna otra sección de este reglamento, el funcionario autorizado podrá proceder sin más a satisfacer la petición, 0 podrá requerir antes que se presente la solicitud por escrito, preferiblemente en algún formulario de cumplimentación sencilla, diseñado y provisto por la unidad; todo ello una vez el solicitante pague el cargo establecido en la Sección 17 de este Reglamento. i. El formulario que se diseñe para presentar solicitudes por escrito bajo esta sección se limitará a proveer para: (a) fecha y hora de la solicitud; (b) descripción del documento 0 documentos a los que se interesa acceso; (c) el nombre del solicitante; (d) su dirección postal, número de teléfono del trabajo y/o residencial y, el propósito para el cual se interesa el acceso. ii. En cuanto a la información mencionada en los incisos (c) y (d) supra, será potestativo del solicitante incluirla 0 no, 0 incluir sólo cualquier parte de ella y el resto no. iii. Si la solicitud no va a ser satisfecha de inmediato, se proveerá copia de la misma al solicitante, con un sello de recibida 0 la firma de la fecha y hora de presentación de la solicitud. C. Será deber de todo funcionario autorizado que recibe una solicitud de acceso determinar si algún documento al que se solicita acceso, 0 parte del mismo, contiene información que lo convierte es un documento privado 0 privilegiado. d. Si, a juicio del funcionario autorizado requerido, algún documento, 0 parte del mismo, al que se solicita acceso es un documento privado 0 privilegiado, el funcionario y el solicitante deberán cumplir con lo establecido en las secciones correspondientes de este reglamento para cada una de esas clasificaciones. as DE PUB DISARAINA Certificación Número 93-139 RICO Página 7 1608
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