Regl. 4928, art. 13 dup2

Certificación Núm. 93-139 Reglamento sobre el Acceso a Documentos Oficiales de la UPR.

Length: 179 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4928, Art. 13 dup2

Solicitudes de acceso y procedimiento con relación a documentos privilegiados a. En el caso de solicitudes de acceso a documentos que contengan información que, a juicio del funcionario que las reciba, los convierta en documentos privilegiados, una vez recibida la solicitud por escrito, copia de ésta será remitida a la autoridad nominadora 0 máxima autoridad ejecutiva en la unidad institucional de la que se trate. b. También se remitirá copia y se le pedirá que exprese su parecer desde el punto de vista institucional a alguno de los asesores legales disponibles para la unidad institucional de la que se trate. La opinión del asesor legal será remitida para su consideración al funcionario que adjudicará la cuestión; así como al solicitante del acceso, quien tendrá un tiempo razonable para expresar su posición respecto a dicha opinión, antes de que se adjudique su solicitud. C. En todo lo demás que no sea claramente inaplicable, se procederá según lo establecido para el trámite de solicitudes de acceso con relación a documentos privados, ajustado a la situación de los documentos privilegiados en general.
Regl. 4928, art. 13 dup2: Certificación Núm. 93-139 Reglamento sobre el Acceso a Documentos Oficiales de la UPR. | Justis AI