Regl. 4928, art. 16

Certificación Núm. 93-139 Reglamento sobre el Acceso a Documentos Oficiales de la UPR.

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Cite as Reglamento Núm. 4928, Art. 16

Acceso parcial 0 saneado a documentos a. En todo caso en que se determine que no procede conceder el acceso a algún documento 0 parte de documento por alguna de las razones que se establecen en este reglamento, se podrá conceder acceso parcial, sólo a aquellas partes del documento que se puedan examinar 0 fotocopiar manteniendo a la vez la protección de confidencialidad para las partes que la ameriten. b. Como alternativa a lo dispuesto en el inciso precedente, la institución, en cualquiera de sus niveles, podrá conceder el acceso parcial, sólo a aquellas partes del documento que se puedan examinar 0 fotocopiar manteniendo a la vez protección de confidencialiad para las partes que la ameriten, mediante el proceso de tachar, borrar 0 de otro modo evitar que la información que da lugar a la determinación de negar el acceso pueda ser conocida 0 deducida por el solicitante 0 por alguna otra persona. C. Las opciones que se establecen en esta sección serán evaluadas tomando en cuenta cuán oneroso pueda resultar para la institución el ejercerlas, y determinado cuál sería el costo razonable para el solicitante, quien deberá pagar el mismo antes de obtener el acceso. d. En cualquiera de los casos previstos por esta sección, se tomará en consideración el interés institucional en cumplir adecuadamente con su misión y objetivos y la carga que pueda suponer adoptar alguna de las alternativas aquí establecidas. En ningún caso se ejercerá alguna de las opciones establecidas en esta sección a costa del mejor interés institucional en cumplir con sus funciones docentes y administrativas.
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