Regl. 4928, art. 21

Revisión de decisiones

Length: 364 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4928, Art. 21

12 Aprobada 12 Certifico 12 DE CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR Apartado 23305. Estación Postal U P.R. Rio Piedras, Puerto Rico 00931 4928 ERS STATE STA Tel. (809) 758-3350 24.de Fecha as 1993 10:24 UNIV R RICO 1908 Secretario de Estado Por: Lander Ide Secretaria Auxiliar Natielo 93-139 Yo, Ismael Ramírez Soto, Director Ejecutivo del Consejo de Educación Superior, CERTIFICO: Que el Consejo de Educación Superior, en su reunión ordinaria del miércoles, 19 de mayo de 1993, aprobó el siguiente: REGLAMENTO SOBRE EL ACCESO A DOCUMENTOS OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO Exposición de Motivos En Puerto Rico está bien establecido el principio de que, como colorario de la libertad de palabra, de prensa, de reunión pacífica y de pedir al gobierno la reparación de agravio, es esencial reconocer también, como norma general, un fundamental derecho del Pueblo a tener acceso a la información y a la documentación oficial que se genera 0 se acumula en el Gobierno, a través de sus distintas dependencias. No basta con que meramente se reconozca la importante justificación política de la libertad de información. Los ciudadanos de una sociedad que se gobierna a sí misma deben poseer, en principio, el derecho legal de examinar e investigar cómo se conducen sus asuntos, sujetos sólo a aquellas limitaciones que impone la más urgente necesidad pública. La Universidad de Puerto Rico, por su obligación de servicio al Pueblo de Puerto Rico y por su debida fidelidad a los ideales de una sociedad integralmente democrática, debe ser especial baluarte de la plena vigencia de estos valores. Es por ello que, sin soslayar otros valores e intereses apremiantes también reconocidos en nuestro medio cultural, social y jurídico, tales como: el derecho de todo individuo a la intimidad y a que el público no se inmiscuya en sus asuntos personalísimos y; el interés y la responsabilidad institucionales en cumplir efectivamente con su misión y objetivos; el Consejo de Educación Superior adopta como política el principio de libre acceso a la información y a los documentos oficiales, sujeto sólo a las limitaciones y a los procedimientos que en este cuerpo de normas expresamente se establecen. DE as Certificación Número 93-139 UNIV REF Página 2 5508
Regl. 4928, art. 21: Revisión de decisiones | Justis AI