Regl. 2031, art. IV
Radicacion y tramitación de solicitudes
Cite as Reglamento Núm. 2031, Art. IV
1- Todo agricultor interesado on participar en este Programa
radicará una solicitud on el formulario provisto por la Corporación.
Las solicitudes serán radicadas en las Oficinas Regionales de la
Corporación o en las Oficinas de las Centrales Azucareras.
2- Las solicitudes radicadas en las Centrales serán enviadas
al Representante Regional de la Corporación.
3- E1 Representante Regional de la Corporación evaluará las
solicitudes y de aprobarlas, enviará copia de la solicitud aprobada
al Representante de Zona de la Corporación Azucarera.
4- La Corporación Azucarera o su Representante de Zona hará
los arreglos pertinentes para que sean asperjadas todas las plantaciones de caña afectadas por el Pulgon, incluidas en las solicitudes
aprobadas.