Regl. 2031, art. IV

Radicacion y tramitación de solicitudes

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Cite as Reglamento Núm. 2031, Art. IV

1- Todo agricultor interesado on participar en este Programa radicará una solicitud on el formulario provisto por la Corporación. Las solicitudes serán radicadas en las Oficinas Regionales de la Corporación o en las Oficinas de las Centrales Azucareras. 2- Las solicitudes radicadas en las Centrales serán enviadas al Representante Regional de la Corporación. 3- E1 Representante Regional de la Corporación evaluará las solicitudes y de aprobarlas, enviará copia de la solicitud aprobada al Representante de Zona de la Corporación Azucarera. 4- La Corporación Azucarera o su Representante de Zona hará los arreglos pertinentes para que sean asperjadas todas las plantaciones de caña afectadas por el Pulgon, incluidas en las solicitudes aprobadas.
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