Regl. 2062, art. I
Se enmienda el ArtÃculo I Definiciones, para que se
Cite as Reglamento Núm. 2062, Art. I
lea como sigue:
Para los efectos de estas Normas, los siguientes términos significan lo que a continuación se indica:
"Corporación"
-
La Corporación para el Desarrollo
AgrÃcola de Puerto Rico.
"Director Ejecutivo"-
El Director Ejecutivo de la Corporación.
"Pastos Mejorados"
Incluirá las variedades de pastos enumeradas en el Inciso 2, Sección "C" - Condiciones (Siembras Nuevas), y cualquier
otra variedad que en lo sucesivo el
Secretario determine.