Regl. 4932, art. III

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 4932, Art. III

La Ley Número 82 del 29 de octubre de 1992, establece, en su exposición de motivos, que se procede en ella a conferir y a delegar poderes adicionales al Secretario de Agricultura para que éste tenga la capacidad de reglamentar las transacciones que se llevan a cabo entre las distintas partes y componentes de la industria agrícola del café, con el propósito expreso de combatir y evitar la introducción ilegal de café del exterior a Puerto Rico. Tal introducción ilegal tiene el efecto de desestabilizar el mercadeo organizado y reglamentado de dicho producto, en particular el Programa de Compra y Venta de Café del Departamento de Agricultura. Además, tal acción ilegal representa un peligro de contaminación de nuestras plantaciones de café y causa una pérdida de ingresos para el Gobierno de Puerto Rico por la pérdida de los impuestos arancelarios correspondientes. -2- En atención a la existencia de dicho problema, se establece por medio del presente Reglamento las Normas que regirán las transacciones de dicho producto entre todos los componentes de dicha industria. Además, se establecen los poderes necesarios del Secretario de Agricultura para imponer aquellas penalidades que sean menester por las violaciones a las provisiones del mismo.
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