Regl. 4932, art. III
Propósito
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Cite as Reglamento Núm. 4932, Art. III
La Ley Número 82 del 29 de octubre de 1992, establece, en su
exposición de motivos, que se procede en ella a conferir y a delegar
poderes adicionales al Secretario de Agricultura para que éste tenga
la capacidad de reglamentar las transacciones que se llevan a cabo
entre las distintas partes y componentes de la industria agrícola
del café, con el propósito expreso de combatir y evitar la introducción
ilegal de café del exterior a Puerto Rico. Tal introducción ilegal
tiene el efecto de desestabilizar el mercadeo organizado y reglamentado
de dicho producto, en particular el Programa de Compra y Venta de
Café del Departamento de Agricultura. Además, tal acción ilegal
representa un peligro de contaminación de nuestras plantaciones de
café y causa una pérdida de ingresos para el Gobierno de Puerto Rico
por la pérdida de los impuestos arancelarios correspondientes.
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En atención a la existencia de dicho problema, se establece
por medio del presente Reglamento las Normas que regirán las
transacciones de dicho producto entre todos los componentes de dicha
industria. Además, se establecen los poderes necesarios del Secretario
de Agricultura para imponer aquellas penalidades que sean menester
por las violaciones a las provisiones del mismo.