Regl. 4943, art. 21 dup2

Aseguramiento de Riesgos

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Cite as Reglamento Núm. 4943, Art. 21 dup2

Todos funcionario que participe directamente en el proceso de inversiones 0 que tenga acceso directo a los valores de la Corporación, deberá estar cubierto por la Póliza de Seguros que la Corporación tiene para esos fines. El monto de su cubierta deberá guardar proporción con la cantidad de valores que visualmente maneja, según recomendado por el Director del Area de Servicios Fiscales. 14 - CAPITULO IV DESIGNACIÓN DE BANCOS DEPOSITARIOS
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