Regl. 4943, art. 25-25.6

Utilización El producto de cada emisión

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Cite as Reglamento Núm. 4943, Art. 25-25.6

de bonos se utilizará exclusivamente para el propósito para el cual dichos bonos han sido autorizados y se desembolsará en tal forma y bajo tales restricciones, si algunas, que la Junta de Directores pueda disponer en la resolución autorizando la emisión de tales bonos o en el contrato de fideicomiso garantizando los bonos.
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