Regl. 2076, art. 2

Esta Regla entrará en vigor cinco días después

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Cite as Reglamento Núm. 2076, Art. 2

de dar aviso de su aprobación en un periódico de circulación general una vez por semana por dos semanas consecutivas. 8 de octubre de 1975. MANUEL JUARBE Comisionado de Seguros
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