Regl. 2080, art. 1-6

Métodos razonables para la investigación de

Length: 107 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2080, Art. 1-6

reclamaciones Todo asegurador deberá establecer un procedimiento para iniciar dentro de los quince días laborables, la investigación de cualquier reclamación que le sea notificada, ya sea nor un asegurado 0 tercero reclamante 0 su representante autorizado. Dentro de quince días de haber recibido notificación de la reclamación, el asegurador enviará por correo al reclamante 0 su representante una notificación con cada una de las partidas, declaración y formularios que el asegurador razonablemente considere se requerirán en dicha reclamación. Si a base de la información que el asegurador tenga en su poder, éste no conoce todos los requisitos, entonces la notificación se hará dentro de un término razonable.
Regl. 2080, art. 1-6: Métodos razonables para la investigación de | Justis AI