Regl. 5001, art. 4

DEFINICIONES

Length: 495 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5001, Art. 4

a) Acción Oficial - Incluye, entre otras, las decisiones o acciones ejecutivas o administrativas tales como la concesión de permisos, licencias, órdenes, autorizaciones, exenciones, resoluciones y contratos. 2 b) Autoridad - Autoridad de Acueductos y Alcantarillados creada por la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada. c) Código - Código de Etica para los Funcionarios y Empleados Públicos de la Autoridad. d) Contribución - Pago, regalo, suscripción, préstamo adelantado y cualquier promesa o acuerdo de concederlo, dinero, bienes 0 cualquier objeto, oportunidades económicas, propinas, descuentos 0 atenciones especiales. e) Director - Director Ejecutivo de la Autoridad o la persona en quien él delegue. f) Empleado Público - Personas que ocupan cargos o empleos en la Autoridad que no están investidos de parte de la soberanía del Estado, inclusive los empleados públicos regulares e irregulares, los que prestan servicios por contrato, los cuales equivalen a un puesto 0 cargo regular, los de nombramiento transitorio y los que se encuentran en período probatorio. g) Funcionario Público - Personas que ocupan cargos o empleos en la Autoridad que están investidos de parte de la soberanía del Estado, es decir, los que intervengan directamente en la formulación 0 implantación de la política pública. 3 h) Información o Documento Confidencial - Aquellos así declarados por ley; que estén protegidos por alguno de los privilegios evidenciarios; cuando revelar los mismos puede lesionar derechos fundamentales de terceros 0 el derecho a la intimidad y vida privada de funcionarios públicos; cuando revelar los mismos pueda constituir una violación del privilegio ejecutivo; incluye informes, memorandos 0 cualquier escrito preparado por un empleado u oficina pública en el ejercicio de su cargo 0 empleo para su superior o para fines internos de las decisiones y actuaciones departamentales; cuando el documento o información sea parte del proceso deliberativo en la formulación de la política pública; y cuando divulgar la misma puede poner en peligro la vida o integridad física del funcionario público 0 de otra persona, la seguridad del país o afectar transacciones de negocios 0 gestiones oficiales del Estado en proceso durante la solicitud. i) Ingreso - Todo ingreso de cualesquiera procedencia incluyendo, pero no limitado a, las siguientes categorías: salarios, remuneración por servicios, ingreso bruto derivado de un negocio, ganancias derivadas de transacciones en propiedad, 4 intereses, rentas, dividendos, regalías, anualidades, ingreso de contratos de seguros de vida y dotales, pensiones, participación proveniente de una sociedad e ingreso correspondiente a un interés en una sucesión o fideicomiso. No se considerará "ingreso" 0 "regalo" las contribuciones hechas a organizaciones políticas 0 candidatos conforme a la autorización provista por las leyes electorales vigentes. j) Obligación Financiera - Deudas reconocidas por el servidor público o impuestas por ley o por sentencia de un tribunal competente. k) Unidad Familiar - El cónyuge del funcionario 0 empleado público, los hijos dependientes de éste, o aquellas personas que comparten con el servidor público su residencia legal o que sus asuntos financieros están bajo su control legal.
Regl. 5001, art. 4: DEFINICIONES | Justis AI