Regl. 2081, art. 1 dup3
Violaciones al Reglamento
Cite as Reglamento Núm. 2081, Art. 1 dup3
Toda persona que viole cualquiera de las disposiciones de
este Reglamento estará sujeta a las penalidades establecidas en
los artÃculos 21 y 24 de la Ley Número 95 de 12 de mayo de 1943,
según enmendada, Ley de Bienestar Público, 8 LPRA Sec. 21 y 24.