Regl. 2081, art. 4 dup3
Procedimiento administrativo
Cite as Reglamento Núm. 2081, Art. 4 dup3
En todo caso en que el Secretario tenga motivos fundados
para creer que alguna persona ha violado alguna de las disposiciones del presente Reglamento, someterá el caso a un Oficial
Examinador que nombrará a tales efectos. El Oficial Examinador
llevará a cabo la investigación que sea necesaria y recomendará
al Secretario las medidas disciplinarias a tomarse, pudiendo
recomendar, entre otras, las siguientes:
1. La suspensión temporal de empleo y sueldo, en ca-
SOS de empleados del Departamento;
2. La separación definitiva del empleo, en casos de
empleados del Departamento;
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3. La radicación de la denuncia ante el tribunal de
distrito competente;
4. La prohibición del acceso a todo expediente y a
toda información sobre los clientes de la Oficina.
5. Otras sanciones adecuadas a los hechos particulares
de cada caso.