Regl. 5037, art. VIII-VIII
Vigencia
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Cite as Reglamento Núm. 5037, Art. VIII-VIII
Este reglamento entrará en vigor tan pronto se cumpla con
los procedimientos de la Ley Núm. 170 de Procedimientos
Administrativos Uniformes.
Hoy 23 de febrero
de 1994.
CARMEN FELICIANO DE MELECIO, M.D.
SECRETARIA DE SALUD
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE SALUD
ADMINISTRACION DE FACILIDADES Y SERVICIOS DE SALUD
CLINICAS PRENATALES
CONSENTIMIENTO PARA CUIDADO Y SERVICIO PRE Y POST NATALES:
A- Adulta embarazada
C- Mentalmente incapacitada
acompañada por tutor
B- Menor embarazada
NOMBRE:
Apellido Paterno
Apellido Materno
Nombre
NUMERO DE EXPEDIENTE:
Autorizo a los médicos y al personal de enfermerÃa del Departamento de
Salud para:
1. Practicar exámen fÃsico, historial médico, estudios diagnósticos
tales como rayos X, pruebas de laboratorio y otros que crean
necesario el personal médico y paramédico.
2. Prescribir y administrar medicinas, vacunas y/o tratamiento que
estime necesario el personal médico y paramédico.
3. Referido a otro profesional y/o instituciones de servicios de
salud para consultas y tratamiento y cualesquiera otras consultas.
4. Servicios de orientación, consejerÃa y tratamiento asociado al
cuidado prenatal adecuado y el perÃodo post natal.
Entiendo que la ciencia no es exacta y que pueden surgir reacciones o
complicaciones no esperadas al utilizar medicamentos prescritos y durante la
aplicación de procedimientos diagnósticos.
Esta autorización me ha sido debidamente explicada y certifico que
entiendo y acepto el contenido.
Fecha
*Firma del Paciente
**Firma Padre, Tutor, Defensor
Judicial ó Acompañante
NOTAS:
*Firmará toda mujer embarazada que solicite cuidado servicios salud
pre y post natales
**a) En caso de mujeres mentalmente incapacitadas firmará el
acompañante, tutor o defensor judicial.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE SALUD
ADMINISTRACION DE FACILIDADES Y SERVICIOS DE SALUD
CONSENTIMIENTO PARA CUIDADO Y SERVICIO PRE Y POST NATAL
EN MUJERES CON INCAPACIDAD MENTAL
Autorización del Fiscal de Distrito para tratamiento Pre y
Post Natales:
Nombre Paciente:
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre
Número Expediente:
Edad:
Tipo de Incapacidad:
Tiempo del Embarazo:
Necesidad del Tratamiento Pre y Post Natal:
Firma del Fiscal
Nota: De no existir tutor o defensor judicial, el funcionario o
profesional de una institución de Servicios de Salud, sea
pública O privada deberá cumplimentar el documento
requerido por esta ley donde se hará constar:
1. E1 hecho de la incapacidad
2. Tiempo del Embarazo, circunstancias personales de la
embarazada.
3. Necesidad del tratamiento de la mujer
Para que sea remitido al fiscal de distrito, después de
conocer y corroborar, de ser necesario, la información
suministrada por el funcionario de salud. Este procedimiento
deberá ser completado en un término que no excederá los cinco (5)
dÃas.
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