Regl. 5037, art. VIII-VIII

Vigencia

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Cite as Reglamento Núm. 5037, Art. VIII-VIII

Este reglamento entrará en vigor tan pronto se cumpla con los procedimientos de la Ley Núm. 170 de Procedimientos Administrativos Uniformes. Hoy 23 de febrero de 1994. CARMEN FELICIANO DE MELECIO, M.D. SECRETARIA DE SALUD 3 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE SALUD ADMINISTRACION DE FACILIDADES Y SERVICIOS DE SALUD CLINICAS PRENATALES CONSENTIMIENTO PARA CUIDADO Y SERVICIO PRE Y POST NATALES: A- Adulta embarazada C- Mentalmente incapacitada acompañada por tutor B- Menor embarazada NOMBRE: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre NUMERO DE EXPEDIENTE: Autorizo a los médicos y al personal de enfermería del Departamento de Salud para: 1. Practicar exámen físico, historial médico, estudios diagnósticos tales como rayos X, pruebas de laboratorio y otros que crean necesario el personal médico y paramédico. 2. Prescribir y administrar medicinas, vacunas y/o tratamiento que estime necesario el personal médico y paramédico. 3. Referido a otro profesional y/o instituciones de servicios de salud para consultas y tratamiento y cualesquiera otras consultas. 4. Servicios de orientación, consejería y tratamiento asociado al cuidado prenatal adecuado y el período post natal. Entiendo que la ciencia no es exacta y que pueden surgir reacciones o complicaciones no esperadas al utilizar medicamentos prescritos y durante la aplicación de procedimientos diagnósticos. Esta autorización me ha sido debidamente explicada y certifico que entiendo y acepto el contenido. Fecha *Firma del Paciente **Firma Padre, Tutor, Defensor Judicial ó Acompañante NOTAS: *Firmará toda mujer embarazada que solicite cuidado servicios salud pre y post natales **a) En caso de mujeres mentalmente incapacitadas firmará el acompañante, tutor o defensor judicial. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE SALUD ADMINISTRACION DE FACILIDADES Y SERVICIOS DE SALUD CONSENTIMIENTO PARA CUIDADO Y SERVICIO PRE Y POST NATAL EN MUJERES CON INCAPACIDAD MENTAL Autorización del Fiscal de Distrito para tratamiento Pre y Post Natales: Nombre Paciente: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre Número Expediente: Edad: Tipo de Incapacidad: Tiempo del Embarazo: Necesidad del Tratamiento Pre y Post Natal: Firma del Fiscal Nota: De no existir tutor o defensor judicial, el funcionario o profesional de una institución de Servicios de Salud, sea pública O privada deberá cumplimentar el documento requerido por esta ley donde se hará constar: 1. E1 hecho de la incapacidad 2. Tiempo del Embarazo, circunstancias personales de la embarazada. 3. Necesidad del tratamiento de la mujer Para que sea remitido al fiscal de distrito, después de conocer y corroborar, de ser necesario, la información suministrada por el funcionario de salud. Este procedimiento deberá ser completado en un término que no excederá los cinco (5) días. 4
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