Regl. 5060, art. 404
Ley Pública Federal 92-500, según enmendada por la Ley de Aguas Limpias de 1977
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Cite as Reglamento Núm. 5060, Art. 404
Las enmiendas hechas en 1972 a la "Federal Pollution Control Act," establecieron un programa
nuevo de permisos para la disposición de material de dragado o relleno en las aguas. El CI, amparados
en la Sección 404 de esta ley, enmendada en 1975, especifíca los sitios para la descarga de material
de dragado 0 relleno de acuerdo con las guías desarrolladas por la Agencia de Protección Ambiental
y el Secretario del Ejército, actuando a través del CI.
El CI estableció su política pública en cuanto a la protección de los terrenos anegadizos y a la
evaluación de los permisos para actividades que puedan afectarios. Esta se fundamenta en dos
aspectos: consideración del interés público y el efecto de los terrenos. En primer lugar, la decisión de
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otorgar un permiso, se sustentará en una evaluación que demuestre la necesidad del mismo y la
consideración del interés público envuelto. Para estos propósitos se identifican y evalúan todos los
factores que sean pertinentes 7 la propuesta. La conservación, economía, estética, intereses
ambientales en general, valores históricos, pesca, vida silvestre, prevención de daños por inundaciones,
uso de la tierra, navegación, recreación y abastecimiento de aguas son algunos de los factores que
deben ser considerados.
En segundo lugar, se evalúa el efecto que tienen los proyectos sobre los terrenos anegadizos.
Esto responde al hecho, de que estos terrenos son áreas que constituyen un recurso público de gran
valor, cuya alteración o destrucción innecesaria debe ser desalentada como algo contrario al interés
público. También, éstos llevan a cabo funciones biológicas importantes, como el sostenimiento y la
producción de la cadena alimentaria. Son además, lugares de anidaje, desove, crianza y descanso para
especies terrestres y acuáticas. La destrucción o alteración de los terrenos anegadizos afecta las
características naturales del drenaje, los patrones de sedimentación y la distribución de salinidad, entre
otros.
Por otro lado, el CI tiene la responsabilidad, bajo el procedimiento de Consistencia Federal, de
responder a las políticas públicas establecidas por la JP, la JCA, así como las políticas contenidas en
el PMZC, en cuanto a la protección de los terrenos anegadizos. Todo permiso para dragado o relleno
que el CI procese, debe referirse explícitamente a la política establecida en el PMZC para estos casos
y debe indicar si la actividad propuesta cumple con esta política; de no ser así, el permiso debe ser
denegado. El PMZC, establece la política pública para los diques, rellenos, dragados y depósitos de
sedimentos dragados.
Ley Federal 93-205, Ley de Especies de Peligro de Extinción
La Ley Federal de Especies en Peligro de Extinción de 1973, se aprobó con el propósito de
proteger todas las especies que se encuentran amenazadas con desaparecer y para respaidar las
medidas mediante las cuales pueden protegerse los hábitat de éstas. Con estos fines, se faculta a las
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agencias para que reglamenten en favor de la protección de especies, lo que puede indirectamente
incluir la protección del hábitat.
La Ley especifíca cuales son las especies consideradas en peligro de extinción mediante un
proceso de clasificación y establece dos categorías para identificar su estado: especies amenazadas
y especies en peligro de extinción.
"Federal Aid in Fish and Wildlife Restoration Act"
(Pittman-Robertson and Dingell-Johnson Acts)
El Programa preparado de acuerdo con dicha ley, provee para el financiamiento del Gobierno
Federal (hasta 75% del costo estimado) a través del Departamento de to Interior. Estas son las
siguientes:
a. Planes de manejo comprensivos para el recurso de pesca y vida silvestre.
b. Proyectos detallados para la restauración de la vida silvestre (incluye planos,
especificaciones y estimados).
"Fish and Wildlife Conservation Act of 1980 Final Rule PL 96-366,"
El Reglamento final para la implantación de la Ley vigente desde el 13 de diciembre de 1982,
provee fondos federales para el desarrollo, revisión y adopción de planes para la conservación de la
pesca y de la vida silvestre. Este reglamento explica y aclara los requisitos de la Ley. En la Sección
83.9 "Conservation Plans," de dicho reglamento se indican los requisitos mínimos de contenido y
estándares con los cuales se debe cumplir en dicho documento. Otra sección importante es la 83.12
"Project Requirements" donde se incluyen requisitos de carácter y diseño del proyecto en sí.
Sobre aspectos de tenencia de los terrenos, dicho reglamento (Sec. 8319 "Land Control")
establece que: "El Estado controlará los terrenos o aguas en los cuales se realizarán mejoras
permanentes con fondos federales."
El control podrá ser mediante un "fee title," arrendamiento, cesión o acuerdo. El control deberá
ser adecuado para la protección, mantenimiento y uso de las mejoras permanentes durante toda su vida
útil.
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"Land and Water Conservation Fund" (LWCF)
Con la aprobación del "Emergency Wetlands Resources Act" se pueden utilizar los fondos del
LWCF para la adquisición de humedales. En Puerto Rico estos fondos los utiliza el DRD para el
desarrollo y promoción de actividades recreativas. Esto ha sido así, ya que esta agencia es la
designada para administrar los fondos de este programa, lo que incluye el evaluar los proyectos que
se someten al Servicio Nacional de Parques. El DRN ha iniciado acercamientos formales con el DRD
en su interés de beneficiarse del LWCF para adquirir humedales. En este momento et DRD está en el
proceso de preparar el Plan Estatal de Recreación al Aire Libre, correspondiente a los años 1993-1995.
Es a través de este documento que se indentifican los proyectos que se financiarán con el LWCF.
Según exige la Ley, es un requisito incluir en este Plan el componente de humedales como un
elementos importante para la recreación al aire libre. El DRN a solicitud de DRD, preparó el capítulo
correspondiente a los humedales en el mismo se recomendó la adquisición de cinco (5) fincas, tres
(3) de las cuales, forman parte de la RN de la Laguna Tortuguero con el LWCF.
B. Mecanismos de Protección Propuestos
El manejo de los fecursos en el APE está orientado a garantizar las condiciones propicias que
promuevan los objetivos de conservación y preservación de los mismos con énfasis en la RN.
Esta sección contiene una serie de medidas que deben ser integradas al manejo. Estas surgen,
en su mayoria, de recomendaciones técnicas emitidas por especialistas en diversas materias asociadas
a los recursos o conflictos identificados. Una vez se adopte este PM, las entidades gubernamentales
a las que concierne su implentación, les corresponderá utilizar esta referencia técnica como la directriz
0 guía para la toma de decisiones con respecto a esta APE. Esto incluye la identificación de los
recursos económicos y humanos necesarios, así como la determinación de prioridades asociadas a los
problemas que confronta el área. Comprende además, el desarrollo de los programas, proyectos y
actividades que promuevan los usos identificados como adecuados o compatibles con las gulas.
Lo propuesto a continuación servirá para ampliar el trabajo de manejo que se realiza en el área.
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1. Gulas Interagenciales para el Manejo del APE
a. Medidas Administrativas
Objetivo 1: Enmendar los límites de la RN de tal modo que armonicen con los cambios ocurridos
desde el año 1979 hasta el presente, para asegurar que los esfuerzos de protección se concentren en
los terrenos que mantienen su valor natural y cultural o que sean restaurables.
Entidades responsables: DRN, JP, Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico
Terrestre de Puerto Rico (CPPATPR).
7. Identificar áreas que posean terrenos de valor reconocidos con posterioridad a la
designación por la presencia de elementos criticos o culturales.
2. Documentar la necesidad de incluir el área de mogotes que ubica en la Zona 3
(recarga del Acuffero Aymamón) como parte de la RN.
3. Identificar aquellos terrenos que se habian incluido como parte de la Reserva y
debido a la existencia de varios desarrollos y evaluar la posibilidad de excluirlo por no
ser compatible con tal designación.
Objetivo 2: Desarrollar un programa de vigilancia con el fin de garantizar el cumplimiento de
las disposiciones aplicables para el APE.
Entidades Responsables: DRN, Policía de Puerto Rico, Gobiernos Municipales (GM) de Vega
Baja y Manati.
Actividades:
1. Reforzar el número de vigilantes que prestan servicios en esta área.
2. Concentrar sus esfuerzos en hacer cumplir las disposiciones relativas a la caza,
extracción de materiales de la corteza terrestre (con especial atención en las arenas
siliceas) y evitar la disposición de desperdicios sólidos en vertederos clandestinos sin
limitarse a ello.
3. Asignar prioridad a la vigilancia a la RN.
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4. Ofrecer cursos de mejoramiento profesional al personal destacado en el área. Entre
éstos resucitación cardiopulmonar y primeros auxilios.
5. Considerar un proceso de coordinación entre el Cuerpo de Vigilantes y la Policía de
Puerto Rico 0 integrar a miembros de comunidades adyacentes y organizaciones de
carácter cívico y ambiental.
6. Lograr un acuerdo cooperativo entre los municipios que comprenden la cuenca
hidrográfica Laguna Tortuguero en conjunto con el DRN y otras agencias concernidas
para establecer diferentes programas asociados al manejo.
Objetivo 3: Habilitar la RN con las facilidades mínimas necesarias para el desarrollo de las
actividades de manejo programadas.
Entidades responsables: DRN, GM, DRD.
b. Medidas de Manejo
Objetivo 1: Proteger la vida silvestre identificada en el lugar.
Entidades responsables: DRN, SPVSF, UPR, JP, ICP
Actividades:
1. Identificar y rotular las áreas críticas de vida silvestre.
2. Delimitar el área designada como RN mediante deslinde y cercas.
3. Reforestar o forestar aquellas áreas que así lo ameriten con flora nativa
característica del lugar.
4. Identificar el grado de alteración 0 perturbación de estos sistemas para recomendar
actividades encaminadas a su restauración o mejoras.
5. Efectuar censos de las poblaciones de especies críticas para determinar su status.
6. Mantener un programa de monitoría a los habitáculos críticos, dando énfasis a la
calidad de estos.
7. Identificar posibles fuentes de contaminación que impactan negativamente esta RN.
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8. Ofrecer alternativas que sirvan para mitigar el impacto de las fuentes identificadas
a raiz del desarrollo de la actividad anterior.
9. Estudiar la conveniencia y viabilidad de restaurar a su condición natural los recursos
afectados (la flora, la fauna y cuerpos de agual por la actividad humana.
10. Preparar un plan de recuperación para la vida silvestre.
11. Realizar estudios de los yacimientos arqueológicos para determinar su valor y grado
de protección necesario.
12. Coordinar esfuerzos para erradicar los caimanes de la Laguna.
13. Eliminar gradualmente el uso agrícola y otras prácticas incompatibles dentro de la
RN.
Objetivo 2: Proteger el recurso pesquero de daños irreparables e irreversibles y brindar a los
pescadores la oportunidad de realizar aquellas actividades que sean compatibles con la
protección de la Laguna Tortuguero.
Entidades responsables: DRN
Actividades:
7. Estudio exhaustivo y completo de la situación de la pesca en la Laguna Tortuguero.
2. Estudiar la viabilidad de sembrar paces en la Laguna Tortuguero y Laguna Rica.
3. Orientación a los pescadores en prácticas de pesca.
Objetivo 3: Proteger los depósitos de arena silicea y evitar su utilización, especialmente en
áreas donde existe flora crítica.
Entidades Responsables: DRN, SGF, JCA
Actividades:
7. Actualizar los estudios ambientales de áreas donde coinciden la arena silicea con
flora rara, endémica o en peligro de extinción, con el propósito de no recomendar la
extracción de arena en dichas áreas.
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2. Realizar una evaluación cuantitativa de los yacimientos de arena silicea que están
fuera de la RN para determinar la viabilidad económica de su explotación sólo para
suplir materia prima a procesos industriales para los cuales sea indispensable su uso.
3. Desalentar eluso de la arena silicea en la industria de la construcción.
Objetivo 4
Mantener un balance hidrológico para asegurar el abasto y la calidad del agua.
Entidades Responsables: DRN,JCA, AAA, Departamento de Salud (DS), GM, DV, ARPE, SGF,
SCSF
Actividades:
1. Mantener un inventario de los pozos. Instalar contadores para cuantificar la
extracción de agua subterránea de todos los pozos en la cuenca hidrológica. Llevar
récord de la extracción diaria de pozos industriales, agrícolas, de la AAA y domésticos.
2. Establecer pozos de observación entre la Laguna Tortuguero y el Océano Atlántico
para examinar los cambios en la zona de interfase, nivel freático, calidad y al sur para
monitorear cualquier movimiento de contaminantes hacia la Laguna.
3. Actualizar periódicamente los estudios de limnología de la Laguna para determinar
los cambios significativos en la calidad del agua.
4. Asegurar que la concesión de permisos y franquicias de agua responda a un manejo
adecuado del recurso (agua subterránea).
5. Proveer la infraestructura necesaria para aumentar la eficiencia del sistema de
extracción de agua y su recurso.
6. Recomendar las prácticas más adecuadas para el control de erosión y sedimentación
en el APE y la RN.
7. Evaluar las descargas de las aguas de escorrentía a los sumideros y desviar aquellas
que puedan tener sustancias contaminantes.
8. Planificar, desarrollar y manejar las áreas de bosques en el APE.
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9. Establecer un proceso de monitoria de las descargas industriales y domésticas.
10. Estudiar medidas para solucionar los problemas de disposición de desperdicios
líquidos en el APE, particularmente en la Zona 1 y Zone 3.
11. Realizar estudios sobre la calidad de las aguas de la Laguna Tortuguero y la Laguna
Rica.
12. Revisar las facilidades sanitarias inadecuadas en el APE, particularmente en las
Zonas 1 y 3, que puedan amenazar la salud de residentes y los recursos contenidos en
la RN.
13. Desalentar el establecimiento de industrias que se caractericen por el uso intensivo
de recursos de agua y por la producción de efluentes tóxicos.
14. Realizar estudios que determinen el efecto del desarrollo industrial en los recursos
que componen la RN.
15. Revisar la clasificación asignada a la Laguna Tortuguero en el Reglamento de
Calidad de Agua y el Programa 208-Isla.
16. Revisar y autorizar la instalación de pozos sépticos.
17. Eliminar el sistema de letrinas.
18. Proveer facilidades de alcantarillado sanitario para las comunidades próximas de la
RN.
19. Proveer la infraestructure necesaria para mejorar la calidad de las aguas.
20. Velar por la aplicación correcta de fertilizantes y pesticidas en las áreas agrícolas,
especialmente en la Zona 3 del APE.
21. Controlar el crecimiento desmedido de la maleza acuática mediante la limpieza de
la angostura de la Laguna Tortuguero para propiciar el intercambio de agua entre ambos
lados de ésta.
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22. Identificar las áreas que contaminan la Laguna con bacterias de coliformes fecales
y nutrientes con el propósito de proveer charcas de sedimentación para reducir estos
tipos de contaminantes.
23. Implantar las prácticas adecuadas sobre el manejo de cultivos y uso de fertilizantes
y pesticidas en áreas agrícolas y verdes.
24. Evaluar la posibilidad de cerrar el canal construido por el Cuerpo de Ingenieros que
concta la Laguna con el mar, ya sea por represa 0 permanentemente.
25. Limpieza de los canales al norte y noreste de la Laguna Tortuguero.
Objetivo 5
Evitar la degradación ambiental ocasionada por la proliferación de vertederos clandestinos
y
otros problemas asociados.
Entidades responsables: DRN, JCA, GM, Autoridad de Desperdicios Sólidos (ADS) y Grupos
Cívicos.
Actividades:
1. Realizar campañas de limpieza, reciclaje, ornato y mejoramiento ambiental.
2. Identificar y rotular las áreas más susceptibles a la creación de vertederos
clandestinos.
3. Instalar barreras para evitar el acceso a estos lugares.
Objetivo 6: Adquirir control legal sobre los terrenos de valor natural y cultural.
Entidades Responsables: DRN, AEE, AT. DV, CPPATPR
Actividades:
1. Implantar las recomendaciones del Informe de Estrategias de Adquisición de la RN
Laguna Tortuguero en proyectos de adquisición. Esto implica:
-No eximir a ningun a entidad pública de someter consultas sobre transacciones
públicas.
-Evaluar la viabilidad de las estrategias recomendadas por finca.
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-Diseñar proyectos de adquisición individualizados.
-Identificar fuentes de financiamiento, si es necesario.
-Implantar los proyectos.
2. Estudiar la concesión de títulos de propiedad a los residentes de comunidades rurales
en el APE.
3. Evitar invasiones adicionales en el área.
4. Inventariar los terrenos de valor cultural en el APE y desarrollar estrategias para su
protección.
c. Medidas de Reglamentación
Objetivo 1: Ampliar y mejorar los estatutos legales
Entidades Responsables: DRN, JP
Actividades:
7. Enmendar el Reglamento de la Cuenca Hidrográfica Laguna Tortuguero y revaluación
de la política de usos de terrenos vigente.
2. Controlar la extracción de materiales de corteza terrestre en el APE.
3. Reglamentar para controlar el acceso a las áreas criticas y las actividades recreativas
en éstas.
4. Reglamentar la práctica de corte y desmonte de flora en la Reserva Natural.
5. Determinar la viabilidad de promover o desalentar la caza de aves en los limites de
la Reserva.
6. Reglamentar la práctica de extracción de arenas siliceas en áreas con flore rara,
endémica o en peligro de extinción.
7. Emitir proclama para regular la remoción de la capa vegetal de la RN.
8. Controlar el acceso a la RN para evitar se continúe depositando basura y chatarra.
9. Precisar la jurisdicción del ELA de Puerto Rico sobre los terrenos anegados.
10. Reglamentar la pesca a base de los estudios que se efectúen en el lugar.
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d. Medidas Educativas y de Orientación Pública
Objetivo 1: Fomentar el uso educativo del área y ofrecer orientación al ciudadano sobre
diferentes aspectos relacionados con el APE.
Entidades responsables: DRN, Departamento de Educación (DE), UPR, FC
Actividades:
1. Desarrollar un programa intensivo de educación ambiental para aumentar los
conocimientos de la ciudadanía sobre la ecología y conservación de las comunidades
terrestres y marinas representatives del área, a la vez que se promueve su uso
y
disfrute, que incluya, sin limitarse a ello lo siguiente:
aa. Preparar y distribuir mapas, indicando rutas y localización de las áreas recreativas.
bb. llustrar en un mapa de ubicación; limites, puntos de interés, accesos, horarios,
costos, facilidades, etc.
cc. Colocar letreros direccionales y rotular lugares de interés.
dd. Publicar folletos educativos relacionados con los recursos identificados en el área,
puntos de interés, facilidades recreativas, normas a regir tales actividades, etc.
ee. Desarrollar y organizar material audio visual tales como diapositivas, videos,
dibujos, fotografías, etc., para que se utilicen en diferentes actividades educativas y
de orientación pública.
ff. Proveer asesoramiento técnico a escuelas, universidades y grupos de interés que
utilicen esta APE como laboratorio natural.
gg. Preparar material de orientación sobre las leyes y reglamentos que aplican a esta
APE.
hh. Organizar actividades que promuevan el desarrollo de actitudes positivas, relativas
a los sistemas naturales como lo son los certámenes, movilización de grupos
interesados en asuntos ambientales y otros.
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I
ii. Preparar exhibiciones sobre la flora, fauna, atractivos que ofrece el área, etc.,a lo
largo de las veredas interpretativas.
II Coleccionar especímenes de flora y fauna, etc., para el montaje de una exhibición
permanente en el centro de visitantes.
kk. Organizar grupos de voluntarios para la implantación del PM.
II. Preparar material educativo e informativo (noticias, folletos, artículos audiovisuales).
mm. Orientar a los usuarios de los recursos, especialmente a los pescadores.
nn. Conferencias en escuelas, comunidades, grupos cívicos y otras.
00. Rotular los usos permitidos en la RN.
pp. Proveer un centro de información y vigilancia.
qq. Desarrollar áreas dedicadas a la investigación científica, jardín botánico y museo
al aire libre.
r. Integrar al currículo de enseñanza escolar temas relacionados con los recursos
naturales y la necesidad de protegerlos y conservarios.
e. Medidas Asociadas al Uso Recreativo
Objetivo 1. Fomentar el desarrollo de actividades recreativas compatibles con el APE y la RN.
Entidades responsables: DRN, DRD, CFR
Actividades:
7. Establecer un Programa Recreativo que considere las características particulares de
esta APE en términos de flora, fauna, habitats naturales, bellezas paisajistas, impacto
@ intensidad del uso propuesto, así como disponibilidad de recursos para el desarrollo
de facilidades y servicios a ofrecerse. El Programa deberá incluir las siguientes
actividades, sin limitarse a éstas.
aa. Identificar las áreas que puedan ser reforestadas para proveer mejor sombra
en áreas destinadas al uso recreativo con flora nativa característica del lugar.
bb. Promover las caminatas asociadas a las veredas interpretativas.
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cc. Planificar, desarrollar y operar áreas recreativas en el APE, particularmente
en la RN.
dd. Desarrollar áreas de pasadías al norte de la Laguna Tortuguero.
ee. Estudiar rutas de interés en la Reserva.
ff. Identificar si existen áreas apropiadas para campamentos y pasadías.
gg. Estudiar la viabilidad de colocar una plataforma para la pesca de orilla en
el área de La Rampa. Esto, como parte de la revaluación del proyecto
propuesto para esa área.
hh. Evaluar la posibilidad de construir un muelle flotante en el área oeste de la
Laguna para que los visitantes puedan apreciar el manantial existente en ese
lado.
Objetivo 2: Establecer controles a las actividades recreativas y la pesca.
Entidades responsables: DRN.
Actividades:
7. Indicar mediante rotulación el tipo de embarcación permitide en el área.
2. Adquirir seguros de responsabilidad pública.
3. Regiamentar el uso de las facilidades recreativas en el área.
f. Investigaciones recomendadas
Objetivo 1: Fomentar la investigación científica en el área.
Entidades responsables: DRN, UPR, IDT, SPVSF, CI, JCA
Actividades:
1. Realizar un estudio detallado de los hábitos alimentarios y distribución poblacional
de los caimanes para determinar su impacto sobre la flora y fauna del área.
2. Determinar la estrategia a seguir para erradicar los caimanes.
74
-
3. Estudiar la viabilidad de cerrar el canal de drenaje construido por el CI en el año
1940, para restaurar su condición natural los niveles de agua de la Laguna Tortuguero,
tomando en consideración y sin limitarse a ello los siguientes:
aa. Creación de nuevas zonas inundables.
-impacto sobre comunidades adyacentes
-impacto sobre infraestructura existente
-medidas de mitigación necesarias
bb. Abastos de agua
-aumento de la capacidad del acuffero
-calidad de agua de la Laguna y del acuffero
cc. Implicaciones legales
-en términos de los terrenos públicos y privados que formarian parte
de la Laguna por motivos de elevar los niveles de la Laguna.
-viabilidad de cerrar el canal de drenaje
4. Preparar una propuesta para el desarrollo de veredas interpretativas.
5. Actualizar los inventarios de la fauna existente (invertebrados y vertebrados) a fin
de proveer un banco de datos para futuras investigaciones.
6. Realizar censos periódicos sobre las diferentes especies.
7. Estudiar medidas de mitigación necesarias para evitar futuras inundaciones en áreas
residenciales.
8. Realizar estudios sobre el contenido de contaminantes en los organismos que habitan
en las lagunas, especialmente, aquellos que se utilizan para el consumo humano (ej.
peces).
9. Realizar estudios sobre la calidad de las aguas.
10. Realizar estudios para determinar el nivel de tolerancia en la RN y otras áreas donde
sea requerido y establecer un limite de visitantes por días a base del mismos.
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11. Iniciar un estudio para determinar el volumen de agua y el caudal disponible para
la extracción, sin menoscabar la calidad del acuffero.
2. Coordinación
La implantación del PM implica un proceso de coordinación interagencial e intragencial para
lograr los objetivos de protección y manejo de los recursos del APE de la Laguna Tortuguero.
Para cumplir con esta tarea, el ELA de Puerto Rico dirigirá sus esfuerzos hacia la creación de
las siguientes entidades para la coordinación.
a. Comité Interagencial
La función principal de este comité consistirá en la formulación de los acuerdos interagenciales
para el manejo del APE, con énfasis en la RN. Este comité estudiará las gufas interagenciales,
contenidos en el PM para lograr alternativas viables que permitan la formulación de acuerdos para la
ejecución de las acciones correspondientes. Este comité estará integrado por las siguientes entidades:
DRN, JP, GM, DRD, UPR, JCA, SGF, SPVSF, AAA, ADS.
b. Comité de Ciudadanos
Debido al interés, desen y capacidad de diferentes sectores de la comunidad para participar en
la elaboración 0 implantación del PM, se recomienda que se incorporen a diferentes lideres
representativos de la comunidad en los comités de coordinación para la implantación del plan.
Entendemos que la comunidad debe estar representada, sin limitarse a estos, por ambientalistas,
industriales, dueños de propiedades, etc. De esta manera se podrá grantizar una participación públicas
más efective para el beneficio del manejo del APE.
3. Posibles Estrategias de Intervención
Con la aprobación de la Ley de Patrimonio Natural y la creación de la DPN se proveyó al DRN
de un mecanismo que permite la adquisición de áreas de valor natural, así como de las facultades
necesarias para que el Secretario del DRN pueda cumplir con los objetivos del Programa de Patrimonio
Natural. Provee para la utilización de un conjunto de estrategias que viabilice la adquisición de terrenos
públicos y privados para su conservación. En el caso de los terrenos públicos, la Ley expresamente
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indica la estrategia que se debe utilizar. El DRN tiene la responsabilidad, entre otras, de planificar e
implantar los planes de adquisición que se desarrollen.
1. Permuta:
Consiste de un contrato mediante el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar un
terreno por otro.
2. Transferencia de Derechos de Desarrollo:
Propone que el derecho de desarrollo de una propiedad de gran valor ecológico sea transferido
a otras áreas. Esta alternativa surgió de la preocupación por desarrollos en áreas de gran valor
ecológico que podrían deteriorar las mismas.
3. Donaciones:
Consiste de un acto voluntario por el cual una persona, entidad o agencia dispone
gratuitamente ceder una propiedad que pueden ser terrenos. La Ley 23 de 1972, ley que crea el
Departamento de Recursos Naturales faculta a este departamento para aceptar y recibir cualesquiera
donaciones.
4. Arrendamiento:
Consiste en ceder una finca a persona 0 entidad por cierto período de tiempo por el cual se
establece un pago correspondiente.
5. Adquisición Mediante Compra:
La adquisición de propiedades de gran valor ecológico está restringido por la disponibilidad de
fondos del gobierno para comprar terrenos. Sin embargo, esta alternativa se ha recomendado en los
casos de áreas que no han podido ser protegidas de otra manera.
4. Evaluación
El proceso de evaluación debe comenzar una vez se inicie la implantación del PM. Mediante
este proceso se determinará si el PM está logrando las metas y objetivos para los que fue creado y los
beneficios obtenidos. De la evaluación surgirán otros problemas y objetivos que deberán identificarse
e incorporarse a la programación.
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Cada una de las entidades gubernamentales con responsabilidad en la implantación de este PM
deberá someter a la JP un informe anual que contenga el progreso de las gestiones realizadas y los
logros alcanzados. De ahí que, el PM se revisará cada 2 años. Es fundamental que este proceso sea
contínuo, pues la continuidad propicia cambios en el PM para que el mismo mejore en su efectividad
y eficiencia.
Durante la fase de evaluación en la implantación del PM, la JP en coordinación con el DRN
prepararán un formulario de evaluación, el cual se someterá a todas las agencias participantes. Este
debe incluir los objetivos y las actividades programadas, según descritos en los Mecanismos de
Protección Propuestos del PM. Las diferentes entidades con responsabilidad en la implantación del PM
deberán informar periódicamente los logros alcanzados, así como los problemas encontrados en la
consecución de los mismos. La responsabilidad de llevar a cabo la evaluación del cumplimiento de los
objetivos programados será compartida con el DRN.
Adoptado en San Juan, Puerto Rico, hoy 23 de septiembre de 1993.
Norma E. Burgos-Andújar
Presidenta
fore R. Caballero Mercado
Ing. José R. Caballero Mercado
Ing. William Figueroa Rodriguez
Miembro Asociado
Miembro Asociado
Certifico, adoptado 20 de octubre de 1993.
L Frins
Luis Frías Taboas
Secretario
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BIBLIOGRAFIA
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83
APENDICES
84
APENDICE "A"
FLORA y FAUNA EN EL AREA DE
PLANIFICACION ESPECIAL
LAGUNA TORTUGUERO
Area de Investigaciones Científicas,
DRN, 1979
0
APE LAGUNA TORTUGUERO
ESPECIES DE FLORA COMUNES EN EL BOSQUE DE LOS MONTES CALIZAS
NOMBRE COMUN
NOMBRE CIENTIFICO
Uvilla
Coccoloba diversifolia
Cedro Hembra
Cedrela ordorata
Cupey
Clusia rosea
Tortugo Amarillo
Sideroxylon foetidissimum
Ucar
Bucida buceras
Canelilla
Licaria salicifolia
Almácigo
Bursera simaruba
Cedro Macho
Hyeronima clusioides
EE
Maga
Montezuma speciosissima
EE
Llume
Gaussia attenuata
EE
Piñon Espinoso
Erythrina eggersii
EE
Palo Violeta
Polygala cowelli
EE
Guayabota
Diospyros sintenisii
RE
Encinillo
Drypetes ilicifolia
ENE
Maconcona
Tlex guianensis
RNE
Palo Misanteco
Licaria triandra
RNE
Corcho Prieto
Guapira fragans
RNE
EE -
Endémica y en Peligro de Extincion
RE -
Rara y Endémica
ENE-
En Peligro de Extinción y No-Endémica
RNE-
Rara y No-Endémica
HOMBRE COMIN
NOMBRE CIENTIFICO
Ruiseñor
Mimus polyglottus
R
Zorzal Pardo
Margarops fuscatus
R
Golondrina de Horquilla
Hirundo rustica
M
Chamorro
Tiaris bicolor
R
Come-ñame
Loxigilla portoricensis
R,E
Tordo
Molothrus bonariensis
R
Judio
Crotophaga oni
R
Mozambique
Ouiscalus niger
APENDICE "B"
FLORA Y FAUNA EN LA RESERVA NATURAL
LAGUNA TORTUGUERO
Area de Planificación
División Patrimonio Natural,
DRN, 1993
O
o
ESPECIES ARBOREAS DE FLORA COMUNES EN EL BOSQUE DE COSTA HUMEDO
APE TORTUGUERO
NOMBRE COMUN
NOMBRE CIENTIFICO
Palma de Corozo
Acrocomia media
Mago
Hernandia sonora
RNE
Algarrobo
Hymenaea courbaril
Moca
Andira inermis
Tortugo Amarillo
Sideroxylon foetidis-simum
María
Calophyllum calaba
Roble Blanco
Tabebuia heterophylla
Palo de Pollo
Pterocarpus officinalis
Uvilla
Coccoloba diversifolia
Uva de Mar
Coccoloba uvifera
Cupey
Clusia rosea
Ucar
Bucida buceras
Almácigo
Bursera simuruaba
RNE-Rara y No-endémica
Tabla 1
ANFIBIOS EN EL AREA DE LAGUNA TORTUGUERO
FAMILIA
ESPECIE
Leptodactylidae
Leptodactylus albilabris
Sapito de labio blanco
Eleutherodactylus antillensis
Churí
Eleutherodactylus coqui*
Coquí común
Bufonidae
Bufo marinus
Sapo común
Rana catesbeiana
Rana toro
*endémico
Tabla 2
REPTILES EN EL AREA DE LAGUNA TORTUGUERO
FAMILIA
ESPECIE
Emydidae
Chrysemys decussata stejnegeri
Jicotea
Cheloniidae
Chelonia mydas
Peje blanca
Eretmochelys imbricata
Carey de concha
Dermochelyidae
Dermochelys coriacea
Tinglar
Iguanidae
Anolis cristatellus
Lagartijo común
Anolis pulchellus
Lagartijo jardinero
Anolis stratulus
Lagartijo manchado
Teiidae
Ameiva exsul
Siguana común
Colubridae
Alsophis portoricensis
Culebra corredora
Boidae
Epicrates inornatus
Culebrón de Puerto
Rico
Crocodylidae
Caiman crocodilus
Caimán
Tabla 3
AVES DE LA LAGUNA TORTUGUERO
FAMILIA
ESPECIE
NOMBRE COMUN
STATUS
Podicipedidae
Tachybaptus dominicus
Tigua
V
Podylimbus podiceps
Zaramago
N
Pelecanidae
Pelecanus occidentalis
Pelícano pardo
E,EF
Ardeidae
Butorides virescens
Martinete
N
Nycticorax nycticorax
Yaboa real
N
Nyctanassa violacea
Yaboa común
N
Botaurus lentiginosus
Yaboa americana
M
Bubulcus ibis
Garza del ganado
N
Ixobrychus exilis
Martinetito
N
Anatidae
Dendrocygna arborea
Chiriría
V
Dendrocygna bicolor
Pato silbón
N
Anas discors
Pato zarcel
M
Anas americana
Pato cabeciblanco
M
Anas crecca
Pato aliverde
M
Anas acuta
Pato pescuecilargo M
Anas clypeata
Pato cuchareta
M
Oxyura jamaicensis
Pato chorizo
V,N
Aythya collaris
Pato del medio
M
Aythya affinis
Pato pechiblanco
M
Anas platyrhynchos
Pato inglés
M
Anas bahamensis
Pato quijada
N,C
colorada
Accipitridae
Buteo jamaicensis
Guaraguao
N
Pandion haliaetus
Aguila de mar
M
FAMILÍA
ESPECIE
NOMBRE COMUN
STATUS
Geotrygon mystacea
Perdiz de Martinica
N
Geotrygon chrysia
Perdiz grande
N
Psittacidae
Myiopsitta monachus
Perico monje
I
Cuculidae
Coccyzus minor
Pájaro bobo menor
N
Saurothera vieillotii
Pájaro bobo mayor
*
Crotophaga ani
Judío
N
Strigidae
Otus nudipes
Múcaro común
N
Assio flammeus
Múcaro de sabana
N
Trochilidae
Anthracothorax dominicus
Zumbador dorado
N
Alcedinidae
Ceryle alcyon
Martín pescador
M
Picidae
Melanerpes portoricensis
Carpintero de Puerto
Rico
*
Tyrannidae
Tyrannus caudifasciatus
Clérigo
N
Tyrannus dominicensis
Pitirre
N
Hirundinidae
Tachycineta bicolor
Golondrina vientriblanca M
Hirundo fulva
Golondrina de cuevas
N
Mimidae
Mimus polyglottos
Ruiseñor
N
Margarops fuscatus
Zorzal pardo
N
Vireonidae
Vireo latimeri
Bien-te-veo
*
Emberizidae
Coereba flaveola
Reinita común
N
Parula americana
Reinita pechidorada
M
Dendroica adelaidae
Reinita mariposera
N
Dendroica petechia
Canario de mangle
N
Mniotilta varia
Reinita trepadora
M
Seiurus noveboracensis
Pizpita de mangle
M
Setophaga ruticilla
Candelita
M
Spindalis zena
Reina mora
N
Tiaris bicolor
Gorrión negro
N
Ammodrammus savannarum
Gorrión chicharra
N
Quiscalus niger
Mozambique
N
Molothrus bonariensis
Tordo
N
Icterus dominicensis
Calandria
N
Euphonia musica
Jilguero de Puerto Rico
N
Ploceidae
Euplectes orix
Obispo rojo
I
Estrildidae
Estrilda melpoda
Veterano
I
Amandava amandava
Chamorro fresa
I
Lonchura cucullata
Diablito
I
Lonchura malabarica
Gorrión picoplata
I
Lonchura malacca
Monja tricolor
I
Lonchura punctulata
Gorrión canela
I
Compilada de:
Reyes de Ruiz (1971) ; Raffaele (1977) y Pérez Rivera (1980) en
Nevárez y Villamil (1980) y Datos del banco de datos de la
División de Patrimonio Natural a mayo del 1993.
Leyenda
*
Endémicos
V
Vulnerables, Reglamento para Regir el Manejo de las Especies Vulnerables y
en Peligro de Extinción en el ELA
E
En peligro, bajo el reglamento local
EF
En peligro, bajo la lista federal de especies en peligro
N
Residente Permanente
M
Migratorio
C
Elemento crítico bajo el inventario de la División de Patrimonio Natural
I
Introducida
VF
Vulnerable Federal
Tabla 4
MAMIFEROS DEL AREA DE LAGUNA TORTUGUERO
FAMILIA
ESPECIE
Muridae
Rattus rattus
Rata negra
Viverridae
Herpestes javanicus auropunctatus
Mangosta
Vespertilionidae
Eptesicus fuscus wetmorei°
Murciélago marrón mayor
Molossidae
Tadarida brasiliensis antillularum
Murciélago de cola libre
Phyllostomatidae
Molossus molossus fortis
Murciélago casero
Monophyllus redamani portoricensis°
Murciélago lengüii-largo
Artibeus jamaicensis jamaicensis
Murciélago frutero
Trichechidae
Trichechus manatus manatus*
Manati
0
subespecies endémicas
* especie en peligro de extinción
ESPECÍE
FAMILIA
NOMBRE COMUN\
FORMA DE CRECIMIENTO
Euphorbia oerstediana
Euphorbiaceae
una herbácea
Gymnopogon foliosus
Gramineae
una yerba anual
Hemicarpha micrantha
Cuperaceae
un junco
Hibiscus trilobus
Malvaceae
un arbusto
Ipomoea setifera
Convolvulaceae
gloria de la mañana
silvestre/un junco
Lagenocarpus guianensis
Cyperaceae
un junco perenne
Lindsaea portoricensis
Polypodiaceae
un helecho
Malpighia fucata
Malpighiaceae
Olaga/un árbol
Mitracarpus villosus
Rubiaceae
un arbusto
Muhlenbergia capillaris
Gramineae
Rabo de pavo real/una
yerba
Najas marinas
Najadaceae
una acuática sumergida
Osmunda cinnamomea
Osmundaceae
un helecho
Panicum dichotomiflorum
Gramineae
una yerba
Panicum stevensianum (*)
Gramineae
una yerba
Piriqueta viscosa
Turneraceae
una herbácea anual
Polypodium decumanum
Polypodiaceae
un helecho
Rhexia cubensis
Melastomataceae
Camasey mariana/una
herbácea perenne
Rhynchospora microcarpa
Cyperaceae
un junco
Rhynchospora nitens
Cyperaceae
un junco anual
Rhynchospora odorata
var. breviseta
Cyperaceae
un junco
Rhynchospora oligontha
var. oligantha
Cyperaceae
un junco
Rhynchospora rariflora
Cyperaceae
un junco
ESPECIE
FAMILIA
NOMBRE COMUN\
FORMA DE CRECIMIENTO
Rhynchospora plumosa
Cyperaceae
un junco
Schizaea pennula
Shizaeaceae
un helecho
Schoepfia arenaria (**)
Olacaceae
un árbol pequeño
Scleria ciliata
Cyperaceae
un junco
Scleria doradoensis
Cyperaceae
un junco perenne
Scleria georgiana
Cyperaceae
un junco
Scleria pauciflora
Cyperaceae
un junco
Scleria triglomerata
Cyperaceae
un junco
Scleria verticillata
Cyperaceae
un junco
Setaria chapmanii
Gramineae
una yerba
Setaria magna
Gramineae
una yerba
Tillandsia flexuosa
Bromeliaceae
una bromelia
Utricularia juncea
Lentibulariaceae
una herbácea insectivora
Utricularia pusilla
Lentibulariaceae
una herbácea insectivora
Utricularia subulata
Lentibulariaceae
Grasilla/una herbácea
insectivora
Vigna longifolia
Leguminosae
un bejuco
0
0
APENDICE "C"
LISTA DE ESPECIES DE PECES
COMUNMENTE CAPTURADOS EN
LAGUNA TORTUGUERO
C
0
B. Composición y por ciento de abundancia relativa.
Nombre Común
Nombre Científico
Abundancia Relativa
%
Tilapia del congo
Tilapia rendalli
27.67
Jurel Ojón
Caranx latus
25.79
Tilapia mosambica
Tilapia mossambica
17.92
Jarea
Mugil curema
13.52
Barbudo 0 torito
Ictalurus marmoratus
5.35
*Ameiurus nebulosus
Dajao
Agonostomus monticola
4.40
Muniama
Gerres plumieri
1.26
Espuelúa
Eugerres plumieri
*Diapterus plumieri
1.26
Chopa caracolera
Lepomis microlophus
.63
Lobina
Micropterus salmoides
.63
Saga
Awaous tajasica
.63
Lisa
Mugil liza
.31
0
APENDICE "D"
RESOLUCION JP
DESIGNANDO LA RN. LAGUNA TORTUGUERO
C
0
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO FICO
Offeina del Gebernador
JUNA DE PLANIFICACION
Senturee, Puerte Rico
Quinta Extensión a
SET. 20 1979
Resolución P.U. -002
APROBANDO LA DESIGNATION N IA LAGEN TORTUGUERO
ACEA DC RESERVA NATURAL
FOR CUANTO : La Junta de Planificación de Puerto Rico está facultada
para preparar, adoptar V ermendar planes de usos de
terrenos al amparo de la Ley Nom. 75 del 24 de junio de
1975 (Ley Orgánica de la Junta de Planificación de
Puerto Rico)
FOR CUANTO En los planes de USOS de terrenos se designará la
distribución, localización, extension e intensidad de
los usos tanto en áreas urbanas CODO rurales para
propósitos agricolas, de transportación, commicación.
generación de energia, actividades residenciales.
comerciales, industriales, educativas, públicas e
institucionales, de explotación minera, de bosques, de
protección, conservación y preservación de los recursos
naturales, costaneros, turisticos y recreativos:
POR CUANTO : La Junta de Planificación está consciente de que la
competencia existente per el uso de los recursos naturales,
causada por la expansion económica, el autento poblacional
y aus crecientes demandas, ha llevado al deterioro del
ambiente costanero, incluyendo la pérdida de los recursos
marinos vivientes, la vida silvestre, las áreas ricas en
nutrientes, carbios adversos permanentes a los sistemas
ecológicos, distribución del espacio libre para uso público
y la erosión de la costa:
POR CUANTO : la zona costanern constituye uno de miestros recursos más
preciados per ser un área de singular bellezs, apropiada
para el esparcimiento, la recreación y el estudio científico,
per SU incalculable valor estético. cultural e histórico
Estado Libre Associate " Passie RICE
OFICINA DEL GOBERWADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
Quinta' Extension a
Resolución P.U. -002
y por ser fuente de gran importancia para el crecimiento
económico de Puerto Rico.
POR CUANTO :
El Departamento de Recursos Naturales preparó el
documento "Programa de Manejo de la Zona Costanera de
Puerto Rico" que posteriormente, y en conjunto con la
Junta de Planificación, fue sometido a la consideración
de la ciudadanía y organismos gubernamentales mediante
vistas públicas celebradas los dias 24, 25 y 31 de enero
y el 10 y 15 de febrero de 1978.
POR CUANTO :
La Junta de Planificación y el Departamento de Recursos
Naturales revisaron el propuesto "Programa de Manejo de
la Zona Costanera de Puerto Rico a tono con los comentarios
y recomendaciones recibidas durante el proceso de vistas
públicas;
POR CUANTO :
La Junta de Planificación resolvió aprobar el propuesto
Programa de Manejo de la Zona Costanera en reunión celebrada
el día 22 de junio de 1978, mediante Resolución P.U.-002;
FOR CUANTO :
El Gobernador de Puerto Rico aprob6 el mencionado Programa
de la Zona Costanera el dfa 12 de julio de 1978.
POR CUANTO :
La Laguna Tortuguero está incluída entre las 26 áreas a
ser designadas Areas de Reserva Natural en el documento
aprobado mediante la Resolución P.U.-002 de la Junta de
Planificación
POR CUANTO :
Las caracteristicas fisicas, ecológicas, geográficas y
el valor social y ambiental de los recursos naturales
existentes en esta área, ameritan su conservación y preservación, a tono con los Objetivos y Políticas Públicas del
Plan de Usos de Terrenos adoptados por Junta el día 8 de
junio de 1977 y aprobado por el Gobernador el dia 15 de
junio de 1977;
Estedo Libre Asociado de Pasrio Rico
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
-3-
Quinta Extension a
Resolución P.U.-002
POR CUANTO :
LA JUNTA DE PLANIFICACION DE PUERTO RICO RESUELVE:
POR TANTO
:
Aprobar la solicitud del Departamento de Recursos Naturales
para que la mencionada área sea designada Area de Reserva
Natural, a cuyos efectos se incorpora el mapa delimitando
dicha área, y cuya designación como Area de Reserva Natural
entrará en vigor al momento de expedición de la presente
Resolución.
CERTIFICO:
Que la anterior es copia fiel y exacta del acuerdo adoptado
por la Junta de Planificación de Puerto Rico, en su reunión
celebrada el día 20 de septiembre de 1979, y para conocimiento
y uso general expido y notifico a las partes la presente bajo
mi firma y sello oficial de esta Junta de Planificación en
San Juan, Puerto Rico, hoy MAYO 2 7 1980
ALMA LUZ CORTES
Secretaria Interina
Estude Likre Asociodo de Paste Rice
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
OCEANO
A
TILAN icto
$
Patrie Have
R
P
A-3
+
A-I
A-D
Estado Libra Asociedo du Pasto RICO
OFICINA DEL GOBERNADOR
IT-4
100ml - INTERED
I
ZONA-I
B-2
MAR
EMG
A-3
C-R
C-R
ZONA-2
A-3
B-21
+
+
AGUNA
FORTUGUERO
C-R
A-I
A-D
C-R
P-R
P-R
A-3
C-R
A-D
A-D
B-1
zon
A-I
A3
I-L2
ZONA-2
C-R
M
A-D
A-D
P
+
+
+
B-I
A-3 WART: A-3:
-
I
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Departamento de Recursos Naturales
Créditos
Pedro Gelabert Marqués
Secretario
Edgardo Cardona Rivera
Secretario Auxiliar
Area Planificación de Recursos
Director División Recursos Terrestres: Miguel E. González Puig
Preparación documento:
Liduvina Encarnación López
Giovanna 1. Fuentes Santiago
Raquel N. Pérez Ramirez
Información Técnica:
Julio Rodríguez Cabrera
Ovidio Dávila Dávila
Andrea Handler
Maria Villalobos Rivera
Eileen Ortiz Diaz
Clarissa Diaz Rodríguez
Vicente Quevedo Bonilla
Myriam González Torres
Carmen Hernández Serrano
Pedro Ortiz Rosas
Giovanna 1. Fuentes Santiago
Raquel N. Pérez Ramirez
Liduvina Encarnación López
Colaboradores:
Robert Matos Morales
Paulino Laguna García
Rafael Pérez Fonseca
Procesamiento de palabras:
Ivonne M. Parra Fiorenzano
Mapas Preliminares:
División Recursos Terrestres
Area de Planificación
Financial Assistance Provided in Part by the Coastal Zone Management Act of 1972, as Amended,
Administered by the Office of Ocean and Coastal Resource Management, National Oceanic and
Atmoshperic Administration.
C
T
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Oficina del Gobernador
Junta de Planificación
Norma E. Burgos Andújar, Presidenta
José R. Caballero Mercado, Vice-Presidente
William Figueroa Rodríguez, Miembro Asociado
Negociado de Planes de Usos de Terrenos
Bijan Ashrafi Mahabadi, Director
Rolando Mosquera Moreno, Coordinador Región de Arecibo
Evelisse Colón Carrero, Analista de Planificación
Maribel Sierra Pérez, Analista de Planificación
Cartógrafos
Claudio Medina Vázquez
Luis Rivera Romero
Rosendo Cruz Fuentes