Regl. 5104, art. IV-I dup9
APELACIONES
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Cite as Reglamento Núm. 5104, Art. IV-I dup9
A: Todo terapista ocupacional y/o asistente en terapia
ocupacional que fuera afectado adversamente por una decisión de la
Junta en relación con la recertificación, tendrá derecho a apelar
dicha decisión aportando nuevas pruebas para su reconsideración por
la Junta.