Regl. 5105, art. 2
AUTORIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 5105, Art. 2
Se promulga este Reglamento conforme a la autoridad conferida
por la Ley No. 4 de 11 de octubre de 1985 y la Ley No. 8 de 24 de
enero de 1987, según enmendadas.