Regl. 5105, art. 5-5.1.3

Concesión y Renovación de Licencia. Todas las

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Cite as Reglamento Núm. 5105, Art. 5-5.1.3

licencias de Institución Elegible expedidas por el Comisionado serán en forma de autorización escrita. A menos que haya sido revocada, toda licencia de Institución Elegible permanecerá en vigor desde la fecha en que se expide hasta el 30 de junio siguiente. Dicha licencia podrá ser renovada por el Comisionado mediante la presentación de una solicitud por escrito, acompañada de aquella información que pueda requerir el Comisionado.
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