Regl. 5105, art. 5-5.1.3
Concesión y Renovación de Licencia. Todas las
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Cite as Reglamento Núm. 5105, Art. 5-5.1.3
licencias de Institución Elegible expedidas por el Comisionado
serán en forma de autorización escrita. A menos que haya sido
revocada, toda licencia de Institución Elegible permanecerá en
vigor desde la fecha en que se expide hasta el 30 de junio
siguiente. Dicha licencia podrá ser renovada por el Comisionado
mediante la presentación de una solicitud por escrito, acompañada
de aquella información que pueda requerir el Comisionado.