Regl. 5105, art. 6-6.4.3

Documentación requerida.

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Cite as Reglamento Núm. 5105, Art. 6-6.4.3

(a) En el caso de los préstamos, pactos de retroventa u otras extensiones de crédito a cualquier Ultimo Receptor, por una cantidad agregada, en cualquier momento, de $250,000 o menos, la Institución Elegible se le requirirá que mantenga los siguientes registros y documentosen apoyo de su cumplimiento con los requisitos de debida diligencia que se proveen en la Sección 6.4: (i) la solicitud de préstamo u otro documento similar; y, (ii) los estados financieros del Ultimo Receptor radicados como parte de la solicitud de préstamo. (b) En el caso de transacciones no descritas en la Sección 6.4.3(a), además de los documentos requeridos por esa sección, la Institución Elegible mantendrá los siguientes registros y documentos: (i) el estado financiero certificado anual del Ultimo Receptor; (ii) un informe escrito de un funcionario de la Institución Elegible donde se documenten sus discusiones, antes y después del desembolso de los Fondos Elegibles, con el personal ejecutivo, de contabilidad y de finanzas del receptor, con respecto al uso propuesto y verdadero de los Fondos Elegibles y su examen de los estados financieros certificados anuales del Ultimo Receptor. Luego de desembolsado el préstamo, este tipo de discusiones y revisiones ocurrirán anualmente durante el término del préstamo. Dicho informe incluirá la conclusión de que, en opinión del funcionario, no existe base razonable para creer que el Ultimo Receptor está usando indebidamente los Fondos Elegibles; y, (iii) una declaración (en un formulario aprobado por el Comisionado) firmada por el Ultimo Receptor (o su representante debidamente autorizado), en la que se acusa recibo de los Fondos Elegibles y se describe la Actividad Elegible para la cual se utilizarán los Fondos Elegibles y el colateral que se proveerá para la transacción, si alguno. (c) No obstante cualquier cosa en contrario en la Sección 6.4.3. (a) y (b), en el caso de préstamos hipotecarios constituidos para la adquisición O construcción de propiedad residencial en Puerto Rico, los documentos 26 mismos del préstamo hipotecario deben constituir prueba suficiente de cumplimiento con los requisitos de la
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